REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, quince (15) de julio del año 2024
214º y 165º

SOLICITUD N°13985.-

Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:

• Original de Documento de Compra, emitido por la Alcaldía del Municipio Autónomo de Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, debidamente autenticado por ante la Notaria Publica del Municipio Autónomo de Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, el cual quedo insertado bajo el Nº 46, tomo 103, en fecha catorce (14) de enero del año dos mil cuatro (2004) cursante desde el folio seis (06) hasta el folio nueve (09).-
• Original de Levantamiento Plamimetrico, emitido por la Dirección de Castro de La Alcaldía del Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda fecha de agosto del año 2003, correspondiente a la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, cursante desde el folio diez (10) hasta el folio trece (13).-
• Copia Simple de Croquis, correspondiente de la Bienhechuría del Título Supletorio, cursante desde el folio catorce (14) hasta el folio (15).-
• Original de la Constancia de Residencia, emitida por la junta comunal sectores unidos, cursante al folio dieciséis (16).-
• Copia Simple de la Cedula de Identidad Nº V-5.411.571, perteneciente a la Solicitante, Ciudadana MARLENE RAMIREZ, cursante al folio diecisiete (17).-
• Copia Simple del Inpreabogado (IPSA) bajo el Nº 304.906 y de la Cedula de Identidad Nº V-12.172.272, correspondiente al Profesional del Derecho HENRRY ROBERTO CASTILLO RAMIREZ, cursante al folio dieciocho (18).-
• Copia Simple de Cedula de Identidad Nº V-21.106.187, correspondiente al testigo, ciudadano GIOVANY JOSÉ ANAYA SOLANO, cursante al folio diecinueve (19).-
• Copia Simple de Cedula de Identidad Nº V-1.749.397, correspondiente al testigo, ciudadano PAULO EMILIO NARVAEZ, cursante al folio veinte (20).-
Así como las testimoniales de los testigos GIOVANY JOSÉ ANAYA SOLANO y PAULO EMILIO NARVAEZ, identificados Ut supra, los cuales se encuentran domiciliados en: la primera: Guatire, Conjunto Residencial Las Lomas, Apartamento E-2-22, El Ingenio, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda; y el segundo: Urbanización Arnando Arocha, “Las Casitas”, Guatire, casa S/N Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de la ciudadana MARLENE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.411.571, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, castro de la alcaldía del municipio autónomo Zamora, cutas medida y linderos son: NORTE: En ocho metros con cincuenta centímetros, (8,50mts) con terreno que es o fue Propiedad Municipal. SUR: En nueve metros con diez (9,10 mts), Con Calle Principal lo Bomberos, ESTE: en once metros con sesenta y cinco centímetros (11,65 mts), con casa que es o fue del señor Hilario Rosas, OESTE: en once metros, con noventa y cinco centímetros (11,95 mts), con Iglesia Evangélica “Lirios de los Valles”. Dicha bienhechuría esta provista de tres niveles, cada uno con acceso independiente, elaboradas con bloques, concretos y arcilla frisados en su interior y en sus fachadas, con techo de platabanda y piso de concreto armado, La mencionada vivienda posee, ventanas panorámica con rejas protectora en todas sus fachadas, dicha bienhechuría está dotada de Instalaciones Sanitarias tales como Agua Servidas, Aguas Claras, colectores de Agua blancas, Cloacas, Servicio de Internet por Fibra Óptica, vivienda que se encuentra distribuida en sus ambientes de la siguiente manera: En sus primer nivel de ciento ocho metros cuadrados, con setenta y cuatro decímetros cuadrados (108,74 m2) de construcción consta de tres (03) habitaciones, una (01) sala de baño; una (01) sala de estar, un (01) comedor, una (01) área destinada para la cocina, un (01) área de lavandero, en su segundo nivel de ciento veintiséis metros cuadrados, con veintidós decímetros cuadrados (126,22 m2) de construcción consta de dos (02) anexos identificados con las letras “A” y “B”, cada uno provisto de una sala comedor, una sala de baño y dos habitaciones, un área destinado para la cocina y comedor, una habitación, un área destinado para la cocina y un área de lavandero y en el tercer nivel un tercer anexo tipo estudio, el cual aún se encuentra en construcción, con un área de treinta y un metros cuadrados con ochenta y tres decímetros cuadrados (31,83 m2), provisto de una sala, cocina y comedor, una habitación y un baño. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a lo previsto en el artículo 03 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA la misma TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARLENE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.411.571, sobre la bienhechuría cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Así mismo publicar el presente decreto en el portal web: www.tsj.gob.ve. Cúmplase.
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA

EL SECRETARIO Acc,

ROCNNY DAVILA TRUJILLO


En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de originales con sus resultas a la parte interesada.


EL SECRETARIO Acc,

ROCNNY DAVILA TRUJILLO




LQdDS/rdt/zl
TITULO SUPLETORIO
Solicitud 13985.-