REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, veintisiete (27) de junio del año 2024
214º y 165º
SOLICITUD N°14008.-
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:
• Copia simple de oficio de Autorización para Titulo Supletorio bajo N° 0111/2024, de fecha cuatro (04) de junio del año dos mil veinticuatro (2024), expedido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza, cursante al folio seis (06).
• Original de Certificado de Solvencia de N° 946620, de fecha veinticuatro (24) de enero de año dos mil veinticuatro (2024), expedido por el Colegio de Ingenieros de Venezuela, cursante al folio siete (07).
• Oficios y Catfis N° 044/2024, de titularidad de medidas y linderos, de fecha veintiocho (28) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), emitida por la Dirección de Catastro y Tierra Urbanas del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Mirandas, Cursante al folio ocho (08).
• Original Croquis de Ubicación, de fecha catorce (14) de mayo del año dos mil veinticuatro 2024, emitido por la Dirección de Catastro y Tierras del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda correspondiente a la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, cursante al folio nueve (09).
• Original de Planos de Distribuciones, de fecha mayo del año dos mil veinticuatro (2024), cursante del folio diez (10) al folio once (11).
• Copias de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.513.471 y V-4.060.296, correspondiente a los testigos ciudadanos KATTY JOSEFINA COLONNA D´LUCA y ERNESTO VILORIA, cursante al folio trece (13).
Así como las testimoniales de los ciudadanos KATTY JOSEFINA COLONNA D´LUCA y ERNESTO VILORIA, identificados Ut supra, las cuales se encuentran domiciliadas en: la primera: Calle Comercio, Casa N° 19, Sector Pueblo Arriba, Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda; y el segundo: Urbanización El Calvario, Paseo la 47, Casa N° 47, Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, a favor del ciudadano MAMERTO ALOMIA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad, N° V-16.096.741, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, sobre una bienhechuría construida, en un terreno Municipal propiedad de la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, según Catastro de la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, ubicado en: El Barrio La Comunidad, Calle Unión, frente a la bomba de agua, Casa S/N, Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, con número catastral N° 15-17-01-U01-017-040-003-002-000-000, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con Terreno Municipal Plaza Pública; SUR: Con casa de la Familia Figueredo ; ESTE: Con el Rio Guarenas, y OESTE: Con la Avenida Principal del Barrio La Comuna, con una área construida de Cuatrocientos Cincuenta y Uno Metros con Sesenta y un Centímetros Cuadrado (451.61 m2). Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a lo previsto en el artículo 03 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA la misma TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano MAMERTO ALOMIA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad, N° V-16.096.741, sobre la bienhechuría cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a las solicitantes, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Así mismo publicar el presente decreto en el portal web: www.tsj.gob.ve.
Cúmplase.
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA
EL SECRETARIO Acc,
ROCNNY DAVILA TRUJILLO
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de originales con sus resultas a la parte interesada.
EL SECRETARIO Acc,
ROCNNY DAVILA TRUJILLO
LQdDS/rdt/lc
TITULO SUPLETORIO
Solicitud 14008.-
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