CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud de Título Supletorio mediante escrito presentadopor ante este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mirada,en función de distribuidor de documentos, por elciudadanoJESUS ALEXANDER ALCALA ZAPIE, titular de la cédula de identidad Nº V-11.942.584, debidamente asistido por el abogadoEBERTH BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 152.028; siendo asignada la misma previo sorteo a este Juzgado,según acta Nº 109, de fecha 25-06-2024.
Alega el solicitante en su escrito, que sobre una parcela de terreno Municipal que mideDOSCIENTOS CATORCE CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (214,72 Mts2), ubicado en la calle Sorocaima, Sector Madosa, parte Baja, casa Nº 15, Parroquia Charallave, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, construyo una casa comprendida dentro de los siguientes linderos:NORTE:con calle Sorocaima, SUR:con quebrada Sorocaima, ESTE: en línea recta de 16,00 Mts con Familia Linaresy OESTE:en línea recta de 16,00 Mts con familia Hernández. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 25 de junio de 2024, este Tribunal dictó auto de entrada en los libros correspondientes; asimismo, se insto a la parte interesada a consignar los recaudos inherentes.
En fecha 11 de julio de 2024, este Tribunal previa consignación de los recaudos respectivos, dictó auto de admisión e insto a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de la evacuación respectiva.
Seguidamente, en fecha 12 de julio de 2024, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos ELIZABETH MARGARITA VELASQUEZ DIAZ y JUAN BAUTISTA HERNANDEZ CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.414.482y V-12.084.542, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
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