REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-5588-24
SOLICITANTE: HUGO ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº V-3.538.761; abogado, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº201.105, actuando en su propio nombre.

MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 17 de mayo de 2.024, suscrito por el ciudadano HUGO ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº V-3.538.761; abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 201.105, actuando en su propio nombre.

En fecha 17 de mayo de 2.024, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5588-24.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes a los folio 15 y su vuelto del presente expediente, de nombres NESTOR AVILAS SALAS y NELSON JOSE BELANDRIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.648.894 y V- V-8.683.846, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano HUGO ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº V-3.538.761, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de su propiedad, el cual tiene una superficie de CUATROCIENTOS TRECES METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (413,30 MTS2), en: El Sector La Cruz (Quebrada de la Virgen), Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Estado de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS (256.10MTS2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por el abogado HUGO ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 201.105.




Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA

Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los diez (10) días del mes de junio de 2024. Años: 214° y 165°.
La Jueza,



Carmen Luisa Salazar Bravo
El Secretario Temporal,


Yimmy Ricardo Martínez Rodríguez

En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.

El Secretario Temporal,


Yimmy Ricardo Martínez





CLSB/YRMR
EXP. S-5588-24