REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, veinte (20) de junio del año 2024
214º y 165º
SOLICITUD N° 13979.-
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:
• Copia Certificada de la Sentencia de Divorcio N° 20, folio N° 20, de fecha seis (06) de abril del año mil novecientos sesenta y tres (1963), emitida por la Unidad de Registro Civil, Parroquia Macarao del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, perteneciente a los padres de la solicitante ciudadanos JUAN SEDES NUÑEZ y GLADYS AMELIA GARCIA ALONZO, cursante del folio nueve (09) al folio diez (10) y su vto.
• Copia Certificada del Acta de Defunción N° 334, folio N° 084, tomo 2, de fecha tres (03) de marzo del año dos mil veintiunos (2021), emitida por la Oficina del Registro Civil de la Parroquia de Antimano del Municipio Libertador del Distrito Capital, perteneciente al padre de la solicitante el ciudadano JUAN SEDES NUÑEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-1.868.981, cursante al folio once (11) y su vto.
• Copias simples de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.664.257 y V-1.868.981, perteneciente a la solicitante y a su padre ciudadanos ELBA TATIANA SEDES GARCIA y JUAN SEDES NUÑEZ, respectivamente, cursante al folio doce (12).
• Copia Certificada de la Acta de Nacimiento N° 2464, de fecha doce (12) de noviembre del año mil novecientos sesenta y tres (1963), perteneciente a la ciudadana ELBA TATIANA SEDES GARCIA, identificada Ut supra, emitida por Jefatura Civil de San Juan, Gobernación del Distrito Federal, cursante al folio trece (13).
• Copias simples de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.172.394 y V-6.501.982, perteneciente a las testigos ciudadanas LOURDES LISSELOTTE ROMERO LACAU y YANETH PACHECO PEREZ, cursantes del folio catorce (14) al folio quince (15).
Así como las testimoniales de las ciudadanas LOURDES LISSELOTTE ROMERO LACAU y YANETH PACHECO PEREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.172.394 y V-6.501.982, respectivamente, domiciliadas en: la primera: Urbanización Terrazas Buenaventura 2, Calle 4, Townhouse N° 432, Sector San Pedro, Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda; la segunda en: Parque Residencial La Campiña, Sector 10, sector 10, casa N° 10-10C6, Las Rosas, Guatire, Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda. Este Tribunal le otorga el valor probatorio que de los mismos emana, conforme a lo establecido en el Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 936 y el encabezamiento del Artículo 937 eiusdem, así como lo previsto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia; por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA a la ciudadana ELBA TATIANA SEDES GARCIA, venezolana , mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.664.257, UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus, ciudadano JUAN SEDES NUÑEZ quien en vida fue venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-1.868.981.-
En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la parte solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Publíquese en el portal web: www.tsj.gob.ve. Cúmplase. -
LA JUEZA,
LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA.
EL SECRETARIO Acc,
ROCNNY DAVILA TRUJILLO
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de la misma a la parte solicitante, ciudadana ELBA TATIANA SEDES GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.664.257.-
EL SECRETARIO Acc,
ROCNNY DAVILA TRUJILLO
LQdDS/rdt/lc.
DUUH.
Solicitud 13979.
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