REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, cinco (05) de junio del año 2024
214º y 165º

SOLICITUD N°13932.-

Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:

• Copia Certificada del Acta de Matrimonio N° 64, folio N° 66 y su vto, de fecha dieciocho (18) de abril del año mil novecientos cincuenta y cinco (1955), emitida en la Oficina de Registro Civil de Cámara de Lobos perteneciente a los ciudadanos ANTONIO DE AGUIAR y MARIA ODETE FERREIRA, de nacionalidad portuguesa, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° E- 519.309 y E- 686.161, respectivamente cursante a los folios seis (06) al folio ocho (08) y su vto.
• Copia Certificada de Acta de Defunción bajo el N° 1, folio N° 1 de fecha primero (01) de enero del año mil novecientos setenta y dos (1972), emitida por la Oficina de Registro Civil de San Antonio de los Altos, Municipio los Salías, Estado Bolivariano de Miranda, perteneciente al De Cujus, ciudadano ANTONIO DE AGUIAR, identificado Ut supra, cursante al folio nueve (09) y su vto.
• Copia Certificada de Declaración Sucesoral N° 18762315, emitida por el Ministerio de Hacienda, de Ocumare del Tuy, Región Capital, perteneciente al ciudadano ANTONIO DE AGUIAR, identificado Ut supra, cursante del folio diez (10) al folio doce (12) y su vto.
• Copia simple de la Cédula de Identidad y de carnet del Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) N° V- 6.073.554 y N°137.666, de la ciudadana ZARA LEONOR DIAZ, cursante al folio trece (13).
• Copia simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana MARIA ODETE FERREIRA, identificada Ut supra, cursante al folio catorce (14).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-5.122.856, perteneciente a la ciudadana OSWALDA MARIA DE AGIAR FERREIRA, cursante al folio quince (15).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-8.745.682, perteneciente al ciudadano ANTONIO DE AGUIAR FERREIRA, cursante al folio dieciséis (16).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-8.745.683, perteneciente a la ciudadana LILIA MARIA DE GUIAR FERREIRA, cursante al folio diecisiete (17).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-8.745.431, perteneciente al ciudadano ALCIDO CRISTOBAL DE AGUIAR FERREIRA, cursante al folio dieciocho (18).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-8.749.415, perteneciente a la ciudadana MARIBEL MARIA DE GUIAR FERREIRA, cursante al folio diecinueve (19).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-8.749.414, perteneciente al ciudadano ORLANDO TOME DE AGUIAR FERREIRA, cursante al folio veinte (20).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-8.757.437, perteneciente al ciudadano PEDRO NOEL DE AGUIAR FERREIRA, cursante al folio veintiuno (21).
• Copia Certificada de Acta de Defunción N° 258, de fecha ocho (08) de agosto del año dos mil (2000), emitido por la Oficina de Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, perteneciente al ciudadano PEDRO NOEL DE AGUIAR FERREIRA, identificado Ut supra, cursante del folio veintidós (22) al folio veintitrés (23) y su vto.
• Original de Certificado de Solvencia de Sucesiones N° 220185, de fecha veintisiete (27) de septiembre de año dos mil veintidós (2022), expedido por el Servicio Nacional Integrado del Administración Aduanera y Tributaria, correspondiente al ciudadano PEDRO NOEL DE AGUIAR FERREIRA, identificado Ut supra, cursante del folio veinticuatro (24) al folio veinticinco (25) y su vto.
• Copia Certificada de Documento de Propiedad del Terreno N° 49, tomo Único, protocolo (1), de fecha veintitrés (23) de mayo del año mil novecientos sesenta y siete (1967), emitida por el Registro Público del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, cursante del folio veintiséis (26) al folio veintinueve (29) y su vto.
• Copia simple del Plano de Construcción de noviembre del año (2023), cursante al folio treinta y uno (31).
• Copias simples de las Cédulas de Identidad de las testigos, ciudadanas GLORIA JOSEFINA FERRO DE LA CRUZ y IRENE JOSEFINA CONDE IBAÑEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 4.675.419 y V- 5.519.657, respectivamente, cursante del folio treinta y dos (32) al folio treinta y tres (33).
• Original Croquis de Ubicación, de fecha seis (06) de mayo del año dos mil veinticuatro 2024, emitido por la Dirección de Catastro y Tierras del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda correspondiente a la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, cursante del folio treinta y seis (36) al folio treinta y siete (37).
• Fotos pertenecientes al Inmueble cuyo Título Supletorio se pretende, cursante al folio treinta y nueve (39) al folio cuarenta (40).


Así como las testimoniales de las ciudadanas GLORIA JOSEFINA FERRO DE LA CRUZ y IRENE JOSEFINA CONDE IBAÑEZ, identificadas Ut supra, las cuales se encuentran domiciliadas en: la primera: Calle Bolívar, casa N°40 , Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda; y la segunda: Urbanización Palo Alto, Calle B, casa N° b-14, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de la ciudadana MARIA ODETE FERREIRA, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad titular de la Cedula de Identidad N° E- 686.161, y actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos OSWALDA MARIA DE AGUIAR FERREIRA, ANTONIO DE AGUIAR FERREIRA, LILIA MARIA DE AGUIAR DE GARCIA, ALCIDO CRISTOBAL DE AGUIAR FERREIRA, MARIBEL MARIA DE AGUIAR FERREIRA, ORLANDO TOME DE AGUIAR FERREIRA, y PEDRO NOEL DE AGUIAR FERREIRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-5.122.856, V-8.745.682, V-8.745.683, V-8.746.431, V-8.749.415, V-8.749.414, V-8.757.437, respectivamente, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, sobre una bienhechuría, construida sobre una extensión de terreno de su propiedad, registrado con el Código Catastral 02-01-05-23-19-00, el mismo posee una área total de CUATROCIENTOS CINCO METROS (405 Mts2) aproximadamente, ubicado en la Plazoleta de Barrio Abajo, prolongación de la calle Bolívar, jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda; una vivienda con una superficie de construcción de Trecientos Cinco Metros con Veinticinco Centímetros (305.25 Mts2), aproximadamente, es una vivienda unifamiliar con terraza, y es distribuida de la siguiente manera: cuatro (4) habitaciones, dos baños (2), una (1) sala de estar, un (1) comedor, dos (2) cocinas, un (1) lavandero, un (1) porche, un (1) jardín, un estacionamiento, descripción general de la vivienda: Piso interno construidos en granito vaciado en sitio de color gris y que se cubren todos los pisos de los dormitorios, pasillos y salón de estar de esta planta, a excepción de los baños. Pisos externos: construidos en cemento pulidos con baldosas de terracota. Paredes: se encuentran en perfecto estado de mantenimiento y pintura, estando pintadas del color blanco crema. Closets: hechos en madera de primera calidad, espaciosos con buena distribución. Ventanas interiores y exteriores: panorámicas de vidrio, con marcos de aluminio color plateado y galvanizados. Baños: paredes y piso cubierto con baldosas de cerámica de color rosa, piezas de baño en perfecto estado en color salmón. Cocinas: paredes y pisos cubiertos de cerámicas ornamentadas de color beige, los mesones de ambas cocinas sin de granito de color gris y formica. Terraza: el área de terraza cubre completamente el área de la vivienda sin el estacionamiento, está cubierto de un muro de un metro (1 m.) y reja tipo pecho de paloma, el piso es de cemento pulido y trozos de granito en varios colores, en la terraza se encuentra un tanque de tres mil (3.000Ltos) que surte el agua de toda la vivienda. Estacionamiento: el estacionamiento techado abarca un área de ciento cincuenta y cuatro metros (154 m2), con espacio para seis (6) vehículos, el piso es de cemento pulido con baldosas de terracota, en el encuentra las escaleras metálicas de acceso a la terraza. Lavandero: está ubicado en el área de estacionamiento, posee un mesón de mármol rojo, cuenta con una batea y lavadora, se accede por un pasillo en el fondo de la vivienda. cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa y solar que fue de la ciudadana Cecilia Cuevas y hoy pertenece a Antonio de Aguiar; SUR: Frente con la Calle Bolívar; ESTE: Terreno que fue del Señor Miguel Moreno que ahora le pertenece a la ciudadana Hamerlis Lugo, y OESTE: casa que fue del Señor ciudadano Gregorio Rodríguez, hoy con pasillo de la casa de Antonio de Aguiar. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a lo previsto en el artículo 03 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA la misma TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA ODETE FERREIRA, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad titular de la Cedula de Identidad N° E- 686.161, y de los ciudadanos OSWALDA MARIA DE AGUIAR FERREIRA, ANTONIO DE AGUIAR FERREIRA, LILIAN MARIA DE AGUIAR DE GARCIA, ALCIDO CRISTOBAL DE AGUIAR FERREIRA, MARIBEL MARIA DE AGUIAR FERREIRA, ORLANDO TOME DE AGUIAR FERREIRA, y PEDRO NOEL DE AGUIAR FERREIRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 5.122.856, V- 8.745.682, V- 8.745.683, 8.746.431, V- 8.749.415, V- 8.749.414, V- 8.757.437, respectivamente, sobre la bienhechuría cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a la solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Así mismo publicar el presente decreto en el portal web: www.tsj.gob.ve.
Cúmplase.
LA JUEZA,


LUZBEIDA QUIJADA de DE SOUSA
EL SECRETARIO Acc,


ROCNNY DAVILA TRUJILLO

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de originales con sus resultas a la parte interesada.
EL SECRETARIO Acc,


ROCNNY DAVILA TRUJILLO



LQdDS/rdt/lc
TITULO SUPLETORIO
Solicitud 13932.-