TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Capacho Nuevo, viernes 07 de junio de 2024.
214º y 165º

Por recibido oficio No.20-F15-0059-2023 de fecha 30 de mayo de 2024, proveniente de la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, constante de un (01) folio útil y sus anexos en 04 folios útiles; contentivo del original del Acta de Acuerdo de Obligación de Manutención, celebrado ante ese despacho fiscal en fecha miércoles 29 de mayo de 2024, entre los ciudadanos MARIA SILENIA CONTRERAS HERRERA y YORMAN JARRYDSON PRATO HIGUERAFAEL, venezolanos, mayores de edad, titulares en su orden de la cédula de identidad No.V-16.201.139 y No.V-18.089.465 a favor de su hija adolescente (se omite el nombre por disposición de la Ley Especial), de 16 años de edad, domiciliados todos en el Municipio Capacho Nuevo del estado Táchira.
En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, siguiéndose el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN; fórmese expediente, désele entrada y sígase el curso de ley correspondiente, siendo inventariado bajo el No.3371-2024. Por cuanto el acuerdo realizado, no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles; este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, actuando en sede de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo instituido en el Artículo 375 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, le imparte su HOMOLOGACIÓN. Notifíquese a la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Publíquese, regístrese y déjese copia digitalizada para el archivo del Tribunal. Líbrese boleta, cúmplase.