REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 03 de mayo de 2024
214º y 165º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE, para asegurar que los ciudadanos JOSE VICENTE RONDON MACHADO, YELITZE AMARILYS RONDON RODRIGUEZ, YENNIS MERCEDES RONDON RODRIGUEZ, EDUAR JOSE RONDON RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.052.562, V-10.283.570, V-11.036.444, V-15.119404, respectivamente, en su condición de cónyuge e hijos, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante FLOR MARIZZA RODRIGUEZ DE RONDON, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.589.991. La presente solicitud fue redactada por la abogada GINNET VERAMENDEZ, Defensora Pública Provisoria Segunda con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.817, ejerciendo funciones en Jornada de Tribunal Móvil. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de quince (15) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.- Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA,
HILDA JOSEFINA NAVARRO,
LA SECRETARIA TEMPORAL,
VIRGINIA GONZÁLEZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
HJN/VG/Deysi
Solicitud N° 24-4063