REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, ocho (8) de mayo de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 163º

Revisada como ha sido la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MARILENA FAYETTI ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 11.405.831, debidamente asistida por el abogado RAFAEL DÍAZ SIFONTES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 117.737; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARILENA FAYETTI ZAMBRANO y LUIGI FAYETTI ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 11.405.831 y V-8.682.614, en su orden, en su carácter de hijos de la causante ciudadana ZORY NANCY ZAMBRANO PARRA, quien en vida era de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad No. V-2.791.989, de estado civil divorciada, la cual falleció ab intestato el día cinco (5) de septiembre de dos mil veintidós (2022), tal como se desprende del acta de defunción emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha seis (6) de septiembre de dos mil veintidós (2022), signada con el acta No. 188, todo ello sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a los interesados. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,

NUVIA BAUTISTA.