REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 11 de noviembre de 2024.
214° y 165°
Revisada las actuaciones que conforman la solicitud que con motivo de DIVORCIO, presentada por la abogada MAYRA YINESKA MONTENEGRO PADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.119.502, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 281.647, actuando en representación de la ciudadana XIOMARA VELASCO de SOLARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.306.872, y sus recaudos consignados, este Juzgado observa. PRIMERO: De una simple lectura del escrito de solicitud que no fue mencionado si de la unión conyugal procrearon hijos o no. SEGUNDO: Que no consta en autos el acta de nacimiento certificada de la ciudadana FRANCIS JESSENIA SOLARTE VELASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.068.932, siendo esto fundamental para dar continuidad al proceso que se ventila. En consecuencia, este Tribunal INSTA a la ciudadana MAYRA YINESKA MONTENEGRO PADILLA, inicialmente identificada, a realizar las correcciones a que hubiera lugar en el escrito de solicitud, y a consignar a los autos acta de nacimiento certificada de la ciudadana FRANCIS JESSENIA SOLARTE VELASCO, una vez conste lo peticionado, este Órgano Jurisdiccional se pronunciará sobre la admisión de la presente solicitud. Así se decide.-
LA JUEZ PROVISORIA,
HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
VIRGINIA GONZÁLEZ.
HJNR/VG/Deysi
Exp. N° 24-6293