REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-5755-2024
SOLICITANTE: IRAIMA JOSEFINA FEHR DE COLEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°V-6.871.746, actuando en su propio nombre y en representación de las ciudadanas BLANCA ELENA MINGHETTI DE FEHR y ZAIDA BELEN FEHR DE QUINTERO, venezolanas, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nros. V-623.350 y V-5.452.597, respectivamente.


ABOGADO ASISTENTE: GINNET VERAMENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.817, Defensora Pública Provisoria Segunda con Competencia en Materia Civil, Mercantil y Transito de la Defensa Publica del estado Bolivariano de Miranda.


MOTIVO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
-I-
Se inicia el procedimiento en virtud del escrito de solicitud presentado en la jornada de Tribunal Móvil en virtud de la convocatoria del Tribunal Supremo de Justicia TSJ-COMUNIDAD, suscrito por la ciudadana IRAIMA JOSEFINA FEHR DE COLEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°V-6.871.746, actuando en su propio nombre y en representación de las ciudadanas BLANCA ELENA MINGHETTI DE FEHR y ZAIDA BELEN FEHR DE QUINTERO, venezolanas, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nros. V-623.350 y V-5.452.597, respectivamente, debidamente asistido por la abogada GINNET VERAMENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.817, Defensora Pública Provisoria Segunda con Competencia en Materia Civil, Mercantil y Transito de la Defensa Publica del estado Bolivariano de Miranda.

En fecha 14 de noviembre del 2024, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevado por este Despacho, bajo el Nº S-5755-2024

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes al folio 14 y su vuelto del expediente, de nombres: LUZMAR VIRGUEZ ZAPATA y CLARENS YUSMAR DIAZ BOCADO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.537.975 y V-15.714.456, respectivamente; este Tribunal los valora favorablemente, pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que las ciudadanas IRAIMA JOSEFINA FEHR DE COLEZ, BLANCA ELENA MINGHETTI DE FEHR y ZAIDA BELEN FEHR DE QUINTERO, venezolanas, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-6.871.746, V-623.350 y V-5.452.597, respectivamente, son las UNICAS y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus MARTIN ANTONIO FEHR GERBER, quien en vida fue portador de la Cédula de Identidad Nro. V-606.245, quien falleció en fecha veinticinco (25) de octubre de dos mil seis (2.006), Según Acta de Defunción Nº 247, Tomo II, Año 2006, expedida por el Registro Civil del Municipio Valencia del Estado Carabobo.

Denvuélvanse a la parte solicitante las presentes actuaciones, original con sus resultas, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por la abogada GINNET VERAMENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.817, Defensora Pública Provisoria Primera con Competencia en Materia Civil, Mercantil y Transito de la Defensa Publica del estado Bolivariano de Miranda.

Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los veintidós (22) días del mes de noviembre de 2.024. Años: 214° y 165.
La Jueza,

Carmen Luisa Salazar Bravo
La Secretaria,

Reina Sofía Castillo Sanz
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.
La Secretaria

Reina Sofía Castillo Sanz



CLSB/RSCS
EXP- S-5755-2024