TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, primero (01) de noviembre del año 2024
214º y 165º

Expediente N° 14095.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ANTONIO JOSE CAÑANGO AGUILAR, quien en vida fue titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.982.792, a su esposa la ciudadana ELIZABETH MENDEZ DE CAÑANGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.808.426, y a sus hijos los ciudadanos ELISE DAYANA CAÑONGO MENDEZ y ELEAZAR ANTONIO CAÑONGO MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.106.450 y V-12.060.423, respectivamente.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase. -
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS
LA SECRETARIA Acc.,

Abg. ANA ISABEL GARCÍA MARTÍNEZ


ABRA/aigm/Maria.-
DUUH
Exp. Nº 14095.-