REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDCIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, catorce (14) de noviembre de 2024
215° y 164°
Expediente N° 180-24.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del De Cujus MICAELA PERALES, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-618.710, su Hija la ciudadana GLADYS LISSETT MARMOLE PERALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-10.099.596.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN
APM/MGR/YB.-
SOL: Nº 180-24.
ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTÍFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud signada con el Nro.180-24, de UNICO UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana GLADYS LISSETT MARMOLE PERALES. Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, a los once (11) días del mes de noviembre del año 2024. Años 215° y 164°. -
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN
MGR/YB.-
SOL: Nº 180-24.-
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