REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDCIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, diecinueve (19) de noviembre de 2024.
215° y 164°
Expediente N° 120-24.-
Vista la solicitud que antecede, la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana LUZ AURA BOADA ALDANA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-9.464.792., sobre la bienhechuría descrita en la solicitud, realizadas en un lote de terreno de su propiedad, ubicada en la “Avenida 19 de Abril, Guatire, Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda”, Número Catastral N° 02-01-05-16-30-00. Con una superficie de terreno de: CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (154,54 Mts2): Dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con inmueble que es o fue de Ovidio Vales Rodríguez; SUR: Con inmueble que es o fue de los Herederos de Andrés María Daló; ESTE: Con inmueble que es o fue de Jorge Daló Dalponte y OESTE: Con la Avenida 19 de Abril. Con un área total de construcción de: TRESCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON CERO OCHO DECIMETROS CUADRADOS (309,08 Mts2), dicha bienhechuría tiene las siguientes características y dependencias: Se constituye en dos (02) niveles: Planta Baja: Con un área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CONCINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (154,24 Mts2) la cual se encuentra distribuida en cuatro (4) locales comerciales y un área común que se describen a continuación: LOCAL PB1: Con un área de construcción de VEINTE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (20,68 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con inmueble que es o fue de Ovidio Vales Rodríguez; SUR: Con local PB 2; ESTE: Con local PB 2; y OESTE: Con la Avenida 19 de Abril. LOCAL PB 2: Con un área de construcción de CUARENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS (40,92 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con local PA 1; SUR: Con área común y Local PA 3; ESTE: Con inmueble que es o fue de Jorge Dalo Dalponte; y OESTE: Con Avenida 19 de Abril. LOCAL PB3: Con un área de construcción de TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS (39,51 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con local PA 2 y área común, SUR: Con local PA 4; ESTE: Con inmueble que es o fue de Jorge Dalo Dalponte y OESTE: Con la avenida 19 de Abril. LOCAL PB 4: Con un área de construcción de CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRDOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (44,80 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con local PA 3; SUR: Con inmueble que es o fue de los herederos de Andrés María Dalo; ESTE: Con inmueble que es o fue de Jorge Dalo Dalponte; y OESTE: Con la Avenida 19 de Abril. AREA COMÚN: Con área de construcción de OCHENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES DECIMETROS CUADRDOS (8,63 M2). Planta Alta: Con un área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (154,54 M2) la cual se encuentra distribuida en tres (3) locales comerciales y un área común que se describen a continuación: LOCAL PA 1: Con área de construcción de VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON CATORCE DECIMETROS CUADRADOS (22,14 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con área común; SUR: Con área común y local PA 2; ESTE: Con fachada este y área común; y OESTE: Con área común. LOCAL PA 2: Con un área de construcción de VEINTIUN METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (21,35 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con local PA 1 y área común; SUR: Con local PA 3; ESTE: Con fachada este; y OESTE: Con área común y local PA 3. LOCAL PA 3: Con área de construcción de CINCUENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (50,88 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Con área común y local PA 2; SUR: Con fachada sur; ESTE: Con fachada este; y OESTE: Con fachada oeste y área común. AREA COMÚN: Con un área de construcción de SESENTA METROS CUADRADOS CON DIECISIETE DECIMETROS CUADRADOS (60,17 M2).
La presente declaratoria versa sólo sobre la BIENHECHURÍA identificada en el escrito de solicitud, dejándose expresa constancia que los derechos de la solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno, derechos sobre el terreno en el cual ha sido construida.
Tampoco, convalida ningún tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la cual haya podido incurrir el solicitante, al edificar la BIENHECHURÍA descrita en la solicitud que dan origen a estas actuaciones.
Déjese copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, entréguese las actuaciones en original al solicitante. Cúmplase. -
LA JUEZ,
ABG. ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN
APM/MGR/BH.-
SOL: Nº 120-24.-
ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN, Secretaria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTÍFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud signada con el Nro.120-24, de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana LUZ AURA BOADA ALDANA. Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, a los diecinueve (19) de días del mes de noviembre del año 2024. Años 215° y 164°. -
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN
MGR/BH.-
SOL: Nº 120-24.-