CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud de título supletorio mediante escrito presentado por ante el Juzgado segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mirada,en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por la ciudadana ANA MARIA EZQUEDA PALACIOS, titular de la Cedula de Identidad N° V-16.936.220, debidamente asistida por la abogada LIVIA MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 160.158; siendo asignada la misma previo sorteo según ACTA Nº 46, de fecha 130-10-2024.
Alega la solicitante en su escrito, que sobre una parcela de terreno de propiedad del I. N.T. I., ubicada en San Miguel de Cua, sector Sutil, calle Sutil, callejón Las Flores, casa S/N, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda. Dicha parcela de terreno posee una superficie aproximada de CIENTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (129,36 Mts2); y posee un área de construcción de Tipo V-3:61.20 M2, siendo sus medidas y linderos:NORTE:en una línea recta de 7.70 metros con: Callejón Las Flores; SUR: en una línea recta de 7.70 metros con: Terrenos del I.N.T.I; ESTE: en una línea recta de 16.80 metros con: casa que es o fue de la familia Flores, y OESTE: en una línea recta de 16.80 metros con: Callejón Sucre. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
De seguida, en fecha 31 de octubre de 2024, este Tribunal dictó auto de entrada, anotándose en el Libro respectivo bajo el Nº 107-2024.
En fecha 15 de noviembre de 2024, previa consignación de los recaudos se admitió la solicitud de marras, e insto a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de la evacuación respectiva. Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Copia de la cedula de identidad de la solicitante ciudadana ANA MARIA EZQUEDA PALACIOS, folio cinco (5).
• Original de Información Catastral Nº L-027/2024, de fecha 08-03-2024, folio seis (6).
• Copia certificada de Mapa de ubicación catastral, folio siete (7).
• Carta de pisatario, emitida por el Consejo Comunal REVOLUCION DE SUTIL TERRITORIO Nº10, folio ocho (8).
• Constancia de residencia, emitida por el Consejo Comunal REVOLUCION DE SUTIL TERRITORIO Nº10, folio nueve (9).
• Carta Aval, emitida por el Consejo Comunal REVOLUCION DE SUTIL TERRITORIO Nº10, folio diez (10).
• Copia simple de Circular Nº SAREN-DG-12500-CJ-0230-O-Nº0000054, de fecha 07-05-2024, emitida por el SAREN, folios once y doce (11 y 12).
• Copias de las cedulas de identidad de las testigos ciudadanas: YADIRA COROMOTO GARCIAS MORENO y SIOLY MARGARITA FRANQUIZ MARTINEZ, folios trece y catorce (13 y 14).
En fecha 18 de noviembre de 2024, comparecen por ante la sala de este Despacho las ciudadanas YADIRA COROMOTO GARCIAS MORENO y SIOLY MARGARITA FRANQUIZ MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.218.376 y V-11.819.786, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.