En horas de despacho del día de hoy, 18 de Noviembre de 2024, comparecen por ante este Tribunal los ciudadanos SUSANA VASS OBANDO y JHONNY ALBERTO MARTINEZ URBINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.892.010 y V-14.152.354, respectivamente, con el carácter de autos y padres del menor THIAGO ANDREY MARTINEZ VASS a la AUDIENCIA PRELIMINAR así se da inicio al mismo. Seguidamente se le da el derecho de palabra al demandante quien expone: solicitó de obligación de manutención lo equivalente a cien dólares 100 $, y estoy dispuesto a ofrecer la mitad de los gastos para el niño Se le concede el derecho de palabra a la parte demandada, quien indicó: aceptó el pago indicado por la parte demandante, es decir la cantidad de CIEN DOLARES (100 $) los cuales solicitó sean depositados en mi cuenta bancaria No. 01020446170000156116 dejándose expresa constancia que sean depositados a la tasa oficial emitida por el Banco Central de Venezuela al momento de depositar. Asimismo se deja constancia que el aporte de los CIEN DOLARES (100 $) serán depositados por la parte demandante los primeros cinco (05) días de cada mes, lo cual acepta en este acto la parte demandada. En consecuencia, visto el acuerdo formulado por las partes, este juzgado de Municipio ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en un todo acuerdo con el artículo 375 de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente, le imparte a la conciliación suscrita entre las partes su HOMOLOGACIÓN correspondiente, por lo cual se tendrá con fuerza ejecutoria. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman LA JUEZ PROVISORIA. ABG: JOHANA QUEVEDO POVEDA. Fdo) LA SECRETARIA,ABG. WUENDY MONCADA (fdo) En la misma fecha se dicta y publica la anterior decisión, se deja copia certificada para el Archivo del Tribunal y constancia en el Libro diario. LA SECRETARIA, (Fdo) ABG: WUENDY MONCADA */*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*. QUIEN SUSCRIBE, SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, CERTIFICA: La exactitud de la presente copia por ser traslado fiel y exacto de su ORIGINAL, que se encuentra en la EXPEDIENTE Nro. 10.157-2024 de OBLIGACION D MANUTENCION que cursa por ante este Tribunal. Táriba, 18 de Noviembre de 2024
LA SECRETARIA,
ABG: WUENDY MONCADA
/Wm/gn.-
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