JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, 17 de octubre de 2024.-
214° y 165°
Visto el recurso de casación anunciado mediante diligencia presentada en fecha 13 de agosto de 2024 y ratificada el 11 de octubre de 2024, presentadas personalmente por la abogada IRAIMA YANNETTE IBARRA SALAZAR inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.803 apoderada judicial de las ciudadanas LUDDY MARISOL CAMACHO RODRÍGUEZ, RITA CECILIA PORRAS RODRÍGUEZ y NAYDUTH VIGINIA CAMACHO DE RONDEROS contra la decisión dictada por este juzgado superior el día 12 de agosto de 2024, el tribunal observa: Por cuanto la decisión recurrida es una sentencia definitiva proferida en un proceso que tiene por objeto una pretensión de Reconocimiento de Unión Concubinaria, cuya materia corresponde al estado y capacidad de las personas, es admisible el recurso conforme al numeral segundo del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se admite a trámite el recurso de casación interpuesto, verificando esta juzgadora que se cumple con los demás requisitos de recurribilidad del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, esto es: se trata de una sentencia definitiva dictada en última instancia; el recurrente tiene interés procesal porque le fue desfavorable lo decidido; y finalmente, por cuanto el recurso de casación fue anunciado oportunamente el día 13 de agosto de 2024 y ratificado el 30 de septiembre de 2024. Se deja expresa constancia que el día 11 de octubre de 2024, vencieron los diez (10) días hábiles que la ley concede para anunciar recurso de casación y hoy 17 de octubre de 2024, se dictó pronunciamiento sobre el recurso propuesto. En consecuencia, practíquese por secretaría el cómputo de los lapsos procesales transcurridos en este tribunal y remítase a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en original, el presente expediente y copia fotostática certificada de las tablillas demostrativas de los días de despacho correspondientes a los meses de: julio de 2023 a septiembre de 2024. Practíquese lo ordenado. Se insta a las partes recurrentes aportar los fotostatos y una vez consten los mismos, remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró oficio N° 192.
La Juez,
Abg. María Luisa Pino García.
La Secretaria,
Abg. Mirley Rosario Colmenares de Mora
Exp. 8071-23
MLPG/GYVM
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