JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, dieciocho (18) de octubre del año 2024.

214° y 165°

Vista la diligencia presentada en fecha 10 de octubre de 2024, por el ciudadano MARCO LEONARDO GARCÍA GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V-15.156.128, parte demandada, asistido por el abogado JOSÉ MELECIO ALVAREZ MOGOLLÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.637, en la acción de desalojo de local comercial, mediante la cual anuncia recurso de casación contra la sentencia dictada por esta alzada, en fecha 25 de septiembre de 2024, esta Juzgadora observa que:

De las actuaciones que conforman el presente juicio, se evidencia que la demanda de desalojo de local comercial intentada por los ciudadanos Sociedad Mercantil “TEMAICA C.A.”, contra la Sociedad Mercantil “RANCHO BONITO C.A.”, fue presentada en fecha 12 de agosto de 2019, por ante el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; es importante destacar que para la mencionada fecha el monto para acceder al recurso de casación era de 15.000 Unidades Tributarias, de conformidad con la Resolución N° 2018-0013 de la Sala de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, la cual fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 25 de abril de 2019, es decir, la mencionada Resolución se encontraba en vigencia al momento de interponer la demanda; estimando la misma en 1.321,31 Unidades Tributarias, razón por la cual el presente recurso no cumple con la cuantía para acceder a casación de conformidad con lo establecido en el artículo 312 numeral 2 del Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia de lo antes plasmado, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por el ciudadano MARCO LEONARDO GARCÍA GARCÍA, parte demandante, asistido por el abogado JOSÉ MELECIO ALVAREZ MOGOLLÓN, en fecha 10 de octubre de 2024, contra la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 25 de septiembre de 2024.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, remítase al tribunal de origen en la oportunidad legal.

La Juez,


Abg. María Luisa Pino García La Secretaria,


Abg. Mirley Rosario Colmenares de Mora

Exp. 8039-24
MLPG/MRC-