JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 14 de octubre de 2024.
214° y 165°
Vista la diligencia de fecha 02 de octubre de 2024, suscrita por la abogada Dalia Yaleitza Carrero González, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 83.106, actuando en sus propios derechos e interés parte intimante de la presente causa, contentiva del DESISTIMIENTO que hace de la presente demanda, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se acuerdaLEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un bien inmueble, decretada en fecha 22 de noviembre de 2023 y en fecha 28 de noviembre de 2023. Por ende, QUEDA SIN EFECTO los oficios Nro° 558 y 562, de fecha 22 de noviembre de 2023 y fecha 28 de noviembre de 2023, dirigido al Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guasimos y Andrés Bello del Estado Táchira, así mimo se ordena el archivo del expediente. Regístrese, Publíquese y Déjese copias para el archivo del Tribunal. Ofíciese lo conducente.
Abg. Johanna Lisbeth Quevedo Poveda
Juez Suplente
Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico
Secretario Suplente
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró oficio N°538
Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico
Secretario Suplente
EXP 10.067
LR.
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