REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, veintinueve (29) de octubre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

Revisada como ha sido la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana YANNA THEIDY GOMES GONVALVES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-14.851.158, estando debidamente asistida por la abogada en ejercicio YULEIDY COROMOTO FERNANDEZ GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 147.678, así como los recaudos consignados y las deposiciones de los testigos evacuados; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la ciudadana, YANNA THEIDY GOMES GONVALVES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-14.851.158, en su carácter de hija de la causante MARIA ELIZABETH GONCALVES ABREU, quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-7.057.002, de estado civil divorciada, el cual falleció ab intestato el día ocho (8) de enero de dos mil veinticuatro (2024), tal como se desprende del acta de defunción No. 040, emitida por el Registro Civil de la Parroquia el Hatillo del Municipio el Hatillo del Estado Bolivariano de Miranda en esa misma fecha, todo esto sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.- Así se declara.
Devuélvase la presente solicitud y sus resultas a la parte solicitante. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.

LA SECRETARIA,

NUVIA BAUTISTA.