REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, tres (3) de octubre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

Vista la solicitud así como la documentación presentada por la ciudadana ZAIDA ELIZABETH RODRIGUEZ DE COLINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 6.866.119, estando debidamente asistida por la abogada DAYANA MALDONADO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 205.829, y las deposiciones de los testigos evacuados; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, y habiendo revisado todos los recaudos aportados, a saber: 1) En copia certificada documento de parcelamiento y adjudicación debidamente protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 13 de octubre de 2023, de cuyo contenido se desprende que se le adjudicó a la ciudadana ZAIDA ELIZABETH RODRIGUEZ DE COLINA, la parcela No.18, la cual tiene una superficie de ochocientos treinta y nueve metros cuadrados con ocho centímetros cuadrados (839,08 Mts2), ubicado la calle principal del Parcelamiento Residencial Unifamiliar Lomas de Club de Campo, en un sitio conocido como “Los Álvarez”, situado en la entrada de la Urbanización Club de Campo del lado derecho y al norte de la entrada de la fragua, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda; 2) En original plano topográfico de la parcela No.18, parcelamiento residencia Lomas de Club de Campo, expedido por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias, debidamente sellado y firmado por dicho organismo, de cuyo contenido se desprende el área del lote de terreno propiedad de la hoy solicitante; 3) En original plano topográfico (vivienda unifamiliar planta baja) expedido por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias en fecha 19 de junio de 2024, debidamente sellado y firmado por dicho organismo, de cuyo contenido se desprende que el área de construcción de las bienhechurías objeto del presente título supletorio, es de doscientos veintitrés con veinte metros cuadrados (223,20 Mts2); 4) En original plano topográfico (vivienda unifamiliar planta alta) expedido por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias en fecha 19 de junio de 2024, debidamente sellado y firmado por dicho organismo, de cuyo contenido se desprende que el área de construcción de las bienhechurías objeto del presente título supletorio, es de doscientos veintitrés con veinte metros cuadrados (223,20 Mts2); 5) En original constancia de notificación de avaluo, expedida por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias, en fecha 12 de enero de 2024, de cuyo contenido se desprende el avaluo del inmueble (terreno, construcción, valor catastral), 6) En original credencial sanitaria para habitabilidad de vivienda expedida por la Dirección Estadal de Salud del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha 10 de enero de 2024, de cuyo contenido se desprende la inspección realizada el día 20 de diciembre de 2023, al inmueble ubicado en una parcela No. 18, Parcelamiento Lomas de Club de Campo, San Antonio de los Altos Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, y 7) en original ficha catastral No.0025679, emitida en fecha 04 de julio de 2024, por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias, de cuyo contenido se desprende que la solicitante es propietaria de un lote de terreno con un área de ochocientos treinta y nueve metros cuadrados con ocho centímetros cuadrados (839,08 Mts2), y constante de un área de construcción de doscientos veintitrés con veinte metros cuadrados (223,20 Mts2); los cuales no se agregan al presente expediente y se resguardan en un sobre separado, a los fines de evitar futuros desgloses al momento de ser presentando para su registro, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ZAIDA ELIZABETH RODRIGUEZ DE COLINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 6.866.119, sobre unas bienhechurías constituidas por una vivienda unifamiliar de dos (2) niveles distribuida de la siguiente manera: planta baja y planta alta, la cual tiene un área de construcción de DOSCIENTOS VEINTITRÉS CON VEINTE METROS CUADRADOS (223,20 MTS2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declara la solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terrero con una superficie aproximada de OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS (839,08 Mts2), identificado con el No. 18 y ubicado en la calle principal del Parcelamiento Residencial Unifamiliar Lomas de Club de Campo, en un sitio conocido como “Los Álvarez”, situado en la entrada de la Urbanización Club de Campo del lado derecho y al norte de la entrada de la fragua, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, el cual le pertenece a la solicitante según se desprende de documento de parcelamiento y adjudicación debidamente protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha trece (13) de octubre de dos mil veintitrés (2023), inscrito bajo el No. 2023.148, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 232.13.13.1.7627 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2023, todo lo cual se encuentra aforado por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda bajo el catastro No. 0025679.
Devuélvase a la solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,

NUVIA BAUTISTA.
NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA,