REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, nueve (9) de octubre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

Vista la solicitud así como la documentación presentada por el abogado en ejercicio ELIAS GARCIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 244.520, actuando en su carácter de apoderado judicial de los solicitantes, ciudadanos JUAN JONATHAN ACOSTA BELLORIN y BRENDERSON JUAN MANUEL ACOSTA BELLORIN, ambos venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.285.678 y V-16.285.677, en su orden, y las deposiciones de los testigos evacuados; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, y habiendo revisado todos los recaudos aportados, a saber: 1) en copia certificada instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Octava del Municipio Chacao del Estado Miranda en fecha 21 de junio de 2024, a través del cual se acredita al abogado ELIAS GARCIA, para que represente los derechos e intereses de los solicitantes; 2) en copia certificada documento de compra venta debidamente protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha 27 de abril de 2012, de cuyo contenido se desprende que la ciudadana JOANSI OMAIRA VALLENOTI ARMAS, titular de la cédula de identidad No. V- 4.462.151, es propietaria de un lote de terreno con una superficie aproximada de TRES MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (3.800,00 Mts2), identificado con el No. 90, ubicado en el parcelamiento de la Urbanización Potrerito, en jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda; 3) en copia certificada autorización autenticada ante la Notaría Pública Octava del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, en fecha 27 de noviembre de 2023, a través de la cual se desprende que la ciudadana JOANSI OMAIRA VALLENOTI ARMAS, titular de la cédula de identidad No. V- 4.462.151, en su carácter de propietaria de la parcela de terreno referida en el particular que antecede, autorizó expresamente a los solicitantes a tramitar el presente título supletorio con ocasión a las bienhechurías construidas sobre dicha terreno; 4) en original constancia de revisión expedida por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias en fecha 5 de septiembre de 2024, con ocasión a un inmueble constituido por una parcela de terreno identificada con el No. 90, ubicada en la Urbanización Potrerito entre la calle Principal de Pacheco Covadonga Parcela; 5) en original plano topográfico expedido por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias, debidamente sellado y firmado por dicho organismo, de cuyo contenido se desprende el área que abarca el lote de terreno sobre el cual los solicitantes manifestaron haber construido las bienhechurías objeto del presente título supletorio, vale acotar que los linderos y medidas corresponden con los señalados en el documento de propiedad; 6) En original plano de bienhechurías expedido por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias en fecha 20 de septiembre de 2024, debidamente sellado y firmado por dicho organismo, de cuyo contenido se desprende que el área total de construcción de la “planta nivel -” es de 322,77 mts2; 7) En original plano de bienhechurías expedido por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias en fecha 20 de septiembre de 2024, debidamente sellado y firmado por dicho organismo, de cuyo contenido se desprende que el área total de construcción de la “planta alta” es de 579,65 mts2; 8) en original plano de “situación-ubicación” expedido por la Dirección de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Los Salias en fecha 20 de septiembre de 2024, debidamente sellado y firmado por dicho organismo, de cuyo contenido se desprende la ubicación de la parcela No. 90, y se visualizan las bienhechurías que integran la planta alta descrita en la solicitud que dio lugar al presente trámite; 9) en original Certificación de Habitabilidad Sanitaria expedida por la Dirección Estadal de Salud del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 9 de abril de 2024, otorgada a favor del solicitante JUAN JONATHAN ACOSTA BELLORIN, y de cuyo contenido se desprende que el inmueble inspeccionado consta de un área de terreno de 3.800 mts2 y un área de construcción de 900 mts2 aproximadamente; y 10) en original ficha catastral No.0010669 emitida en fecha 11 de junio de 2024, por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias, de cuyo contenido se desprende que el lote de terreno sobre el cual los solicitantes manifestaron haber construido las bienhechurías objeto de la presente solicitud, tiene un área de TRES MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (3.800,00 Mts2); los cuales no se agregan al presente expediente y se resguardan en un sobre separado, a los fines de evitar futuros desgloses al momento de ser presentando para su registro, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JUAN JONATHAN ACOSTA BELLORIN y BRENDERSON JUAN MANUEL ACOSTA BELLORIN, ambos venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.285.678 y V-16.285.677, en su orden, sobre unas bienhechurías constituidas por una vivienda unifamiliar de tres (3) niveles distribuida de la siguiente manera: nivel 1, nivel 2 y nivel 3, la cual tiene un área de construcción aproximada de novecientos metros cuadros (900 Mts2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declaran los solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terrero con una superficie aproximada de TRES MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (3.800,00 Mts2), identificado con el No. 90 y ubicado en el parcelamiento de la Urbanización Potrerito, en jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, propiedad de la ciudadana JOANSI OMAIRA VALLENOTI ARMAS, titular de la cédula de identidad No. V-4.462.151, según se desprende de documento de compra venta debidamente protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha veintisiete (27) de abril de dos mil doce (2012), inscrito bajo el No. 2012.154, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 232.13.13.1.2879, y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2012, lo cual se encuentra aforado por la División de Catastro de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda bajo el catastro No.0010669, todo ello en el entendido de que la prenombrada ciudadana en su carácter de propietaria autorizó expresamente mediante instrumento autenticado ante la Notaría Pública Octava del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, en fecha 27 de noviembre de 2023, la construcción de dichas bienhechurías y la tramitación del presente título supletorio.
Devuélvanse a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese en el tribunal copia certificada del presente decreto, y déjese constancia en el Libro Diario llevado por este despacho.- Cúmplase.
LA JUEZ,


ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA TITULAR,


NUVIA BAUTISTA.
NOTA: Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA,