REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, diez (10) de octubre del año 2024
214º y 165º
I
DE LAS ACTUACIONES
PROCESALES
Se inician las presentes actuaciones por la solicitud de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial Civil de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, por la ciudadana SCARLE NATZIRE PALENCIA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.131.329, debidamente asistida por el profesional del Derecho FERMIN RICARDO ROJAS MUÑOZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 95.990, en su carácter de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus JUAN CARLOS PALENCIA AVILA, quien falleció Ab-intestato en: Urbanización Los Altos, edificio 29, piso 1, apartamento 24, Parroquia Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha diez (10) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), según consta en Acta de Defunción Nº 544, folio 44, Tomo III, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda en fecha catorce (14) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), sin perjuicio de terceros de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 25/09/2024: Se le dio entrada a la presente solicitud y se INSTÓ a la parte interesada a consignar los recaudos pertinentes. –
En fecha 27/09/2024: Compareció por ante este tribunal la solicitante, ciudadana SCARLE NATZIRE PALENCIA BASTIDAS, debidamente asistida por el profesional del Derecho FERMIN RICARDO ROJAS MUÑOZ, identificados Ut Supra, a los fines de consignar los recaudos pertinentes. –
En fecha 02/10/2024: Se admitió la presente solicitud y se acordó tomar declaración a los testigos promovidos sobre los particulares contenidos en el escrito, en el horario comprendido entre las nueve (09:00 a.m.) de la mañana y las once y media de la mañana (11:30 a.m.), de lunes a viernes, a partir del próximo día hábil siguiente a la fecha del presente auto. –
II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes instrumentos:
1) Copia Certificada de Acta de Defunción Nº 544, folio 44, Tomo III, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda en fecha catorce (14) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), perteneciente al De Cujus JUAN CARLOS PALENCIA AVILA, cursante al folio cinco (05) y su vto. –
2) Copia Certificada de Acta de Nacimiento Nº 45, folio 23, expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado La Guaira en fecha once (11) de febrero del año mil novecientos noventa y tres (1993), perteneciente a la solicitante, ciudadana SCARLE NATZIRE PALENCIA BASTIDAS, cursante del folio seis (06) al folio ocho (08). –
3) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-10.576.578, perteneciente al De Cujus JUAN CARLOS PALENCIA AVILA, cursante al folio nueve (09).–
4) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-8.345.033, perteneciente a la ciudadana MAIGUALIDA ANTONIA TOUSSAINTT, cursante al folio once (11).–
5) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-20.596.296, perteneciente al ciudadano DAVIS ALBERTS DORTA TOUSSAINTT, cursante al folio doce (12).–
6) Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-22.380.141, perteneciente al ciudadano DAVIDSON ALBERTSON DORTA TOUSSAINTT, cursante al folio trece (13). –
7) Copia Simple de Carnet del Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 95.990, perteneciente al profesional del Derecho FERMIN RICARDO ROJAS MUÑOZ, cursante al folio catorce (14).
Mediante los anteriores documentos la solicitante, ciudadana SCARLE NATZIRE PALENCIA BASTIDAS demuestra, entre otras cosas, el fallecimiento del ciudadano JUAN CARLOS PALENCIA AVILA, así como el Vínculo de Filiación que existe entre su persona en su condición de hija del causante.
La solicitante propuso se evacuarán las testimoniales juradas de los testigos que fueron indicados. En consecuencia, en fecha diez (10) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos MAIGUALIDA ANTONIA TOUSSAINTT, DAVIS ALBERTS DORTA TOUSSAINTT y DAVIDSON ALBERTSON DORTA TOUSSAINTT, quienes rindieron declaración en la presente solicitud. En tal sentido, el Tribunal les otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. ASÍ SE DECIDE. -
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a la ciudadana SCARLE NATZIRE PALENCIA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-21.131.329, ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus JUAN CARLOS PALENCIA AVILA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.576.578. ASÍ SE DECIDE. –
III
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la De Cujus JUAN CARLOS PALENCIA AVILA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.576.578, que falleció Ab-intestato en fecha diez (10) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), en su condición de hija, a la ciudadana SCARLE NATZIRE PALENCIA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-21.131.329. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias previa certificación en actas por Secretaría. Igualmente, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, una vez que la parte interesada consigne las copias simples necesarias para su certificación. Cúmplase. –
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE, a los diez (10) días del mes de OCTUBRE del año 2024. Publíquese en el portal web: www.tsj.gob.ve. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación. –
LA JUEZ,
Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES
LA SECRETARIA Acc.,
Abg. ANA I. GARCÍA
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de la misma a la parte interesada. –
LA SECRETARIA Acc.,
Abg. ANA I. GARCÍA
ABR/aig/owy
D.U.U.H
Exp. Nº 14161
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