REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, ocho (08) de octubre del año 2024
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, conformados por:
• Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-12.835.975, correspondiente a la solicitante, ciudadana HUMBERALY PÉREZ DE RAMÍREZ, cursante al folio seis (06). –
• Copia Simple de Registro de Información Fiscal bajo el Nº V128359750 correspondiente a la solicitante ciudadana HUMBERALY PÉREZ DE RAMÍREZ, cursante al folio siete (07). –
• Documento de Propiedad debidamente Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha nueve (09) de mayo del año dos mil seis (2006), bajo el Nº 02, Tomo 18, Protocolo Primero, perteneciente a la solicitante, ciudadana HUMBERALY PÉREZ DE RAMÍREZ, cursante del folio ocho (08) al folio dieciséis (16) y sus respectivos vtos. –
• Original de Rectificación de Medidas y Linderos, emitido por la Dirección de Catastro y Tierras, Gerencia de Gestión Urbana del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha tres (03) de junio del año dos mil veinticuatro (2024), cursante diecisiete (17). –
• Original de Croquis de Ubicación con Código Catastral Nº 15-17-01-U01-U01-025-001-001-029-000, emitido por la Dirección de Catastro y Tierras, Gerencia de Gestión Urbana del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha tres (03) de junio del año dos mil veinticuatro (2024), cursante dieciocho (18). –
• Plano de Distribución emitido por el Ing. Valero, perteneciente a la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, cursante al folio diecinueve (19). –
• Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-14.973.177, correspondiente a la ciudadana YUSMARY FARIAS DOMINGUEZ, cursante al folio veinte (20).–
• Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-14.098.750, correspondiente a la ciudadana YESENIA MARÍA PARDO DOMINGUEZ, cursante al folio veintiuno (21). –
• Copia Simple de Cédula de Identidad bajo el Nº V-6.249.140 y Carnet del Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 153.551, correspondiente a la profesional del Derecho LILIANA YUSELINY ROMERO ESCOBAR, cursante al folio veintidós (22). –
Así como el haber tenido el Tribunal las testimoniales de las ciudadanas YUSMARY FARIAS DOMINGUEZ y YESENIA MARÍA PARDO DOMINGUEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.973.177 y V-14.098.750, respectivamente, las cuales se encuentran domiciliadas en, la primera: “Urbanización 27 de Febrero, bloque 8, piso 9, apartamento 09-07, Parroquia Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda” y la segunda: “Avenida Principal Ruiz Pineda, zona 2, casa A-8, Parroquia Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda”, a favor de la ciudadana HUMBERALY PÉREZ DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nº V-12.835.975, a los fines de tramitar por ante este Tribunal una solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, referido a una bienhechuría levantada sobre una casa y terreno de su propiedad, tal como se evidencia en Documento debidamente Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha nueve (09) de mayo del año dos mil seis (2006), bajo el Nº 02, Tomo 18, Protocolo Primero, el cual se encuentra ubicado en la Urbanización Manuel Martínez Manuel, Trapichito, sector 1, vereda 1, casa Nº 29, Parroquia Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda. Cuenta con una superficie de CIENTO SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (106,50 mts2) comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORESTE: En una línea recta con distancia de catorce metros con cuarenta y un centímetros (14,41 mts), con casa Nº 31, de la Urbanización; SURESTE: En una línea recta con distancia de siete metros con treinta y dos centímetros (7,32 mts), con vereda 1; SUROESTE: En una línea recta con distancia de catorce metros con cincuenta y tres centímetros (14,53 mts), con casa Nº 27 de la Urbanización y NOROESTE: En una línea recta con distancia de siete metros con treinta y nueve centímetros (7,39 mts), con casa Nº 30 de la Urbanización de la Avenida 4, y se le asigna el Número Catastral 15-17-01-U01-U01-025-023-001-001-029-000. Ha construido sobre el antes mencionado terreno, a sus solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio, una bienhechuría compuesta por una casa de tres (03) niveles para vivienda, compuesta de la siguiente manera: planta baja, planta nivel 1 y planta nivel 2, con un área de construcción total de TRESCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS (319,50 mts2). Se encuentra distribuida de la siguiente manera: PLANTA BAJA: con un área de construcción de ciento seis metros cuadrados con cincuenta decímetros (106,50 mts2), conformada por el nivel 1 del apartamento 1, distribuido de la siguiente manera: un área de estacionamiento, una sala, un comedor, una cocina, un baño y una escalera que conduce al nivel 2 del apartamento con otra escalera de acceso independiente que conduce al nivel 1 del apartamento 2. PLANTA NIVEL 1: Con un área de construcción de ciento seis metros cuadrados con cincuenta decímetros (106,50 mts2), conformada por el nivel 2 del apartamento 1 y el nivel 1 del apartamento 2. El nivel 2 del apartamento 1 tiene un área de construcción de treinta y cinco metros cuadrados con noventa decímetros (35,90 mts2) y se encuentra distribuido de la siguiente manera: un área de acceso al nivel, escalera de acceso al nivel y dos habitaciones. El nivel 1 del apartamento 2 tiene un área de construcción de setenta metros cuadrados con sesenta decímetros (70,60 mts2) y se encuentra distribuido de la siguiente manera: dos habitaciones, una sala-comedor, una cocina y escalera que le da acceso. PLANTA NIVEL 2: conformada por el nivel 2 del apartamento 2, con un área de construcción de ciento seis metros cuadrados con cincuenta decímetros (106,50 mts2), distribuido de la siguiente manera: Escalera que le da acceso, una sala-comedor, un deposito, dos habitaciones, un baño y una terraza. Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y a lo acordado en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no habido oposición alguna DECLARA la misma TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana HUMBERALY PÉREZ DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nº V-12.835.975, sobre la bienhechuría cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas al solicitante, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaría las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Asimismo publicar el presente decreto en el portal web: www.tsj.gob.ve. Cúmplase.-
LA JUEZ,
Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS
LA SECRETARIA Acc.,
Abg. ANA I. GARCÍA
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de originales con sus resultas a la parte solicitante. –
LA SECRETARIA Acc.,
Abg. ANA I. GARCÍA
ABRA/aig/owy. -
Titulo Supletorio
Suficiente de Propiedad. -
Solicitud N° 14038.-
|