REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, nueve (09) de octubre del año 2024
214º y 165º

SOLICITUD N° 14054.-
Vistos los recaudos acompañados a la presente solicitud, entre los que se encuentran:
• Original Croquis de Ubicación, de fecha primero (01) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), emitido por la Dirección de Catastro y Tierras del Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda correspondiente a la bienhechuría cuyo Título Supletorio se pretende, cursante del folio cinco (05) al folio seis (06).
• Oficio de Autorización para Tramites de Titulo Supletorio, de Fecha veintiséis (26) de junio del año (2024), cursante al folio siete (07).
• Original de Plano de Distribución de la bienhechuría, cursante del folio ocho (08) al folio nueve (09).
• Copia simple de la Cédula de Identidad N° V-15.578.058, perteneciente a la solicitante, ciudadana VIRGINIA VICTORIA PONCELEON ALEMAN, cursante al folio diez (10).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-18.642.086, perteneciente al testigo, ciudadano LUIS ALBERTO MONTILLA, cursante al folio doce (12).
• Copia simple de la Cedula de Identidad N° V-9.941.799 perteneciente a la testigo, ciudadana YANETT ROSALIA GONZALEZ, cursante al folio veinticuatro (24).

Así como las testimoniales de los ciudadanos LUIS ALBERTO MONTILLA y YANETT ROSALIA GONZALEZ, identificados Ut supra, los cuales se encuentran domiciliados en: el primero: Guatire, Las Casitas, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda; y la segunda: Las Casitas, Calle Damaso García, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de la ciudadana VIRGINIA VICTORIA PONCELEON ALEMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad, N° V-15.578.058, a los fines de tramitar por ante este Tribunal la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, sobre una bienhechuría construida, en un terreno Municipal propiedad, que mide Ciento Cincuenta y Tres Metros con Cincuenta y Ocho Centímetros Cuadrados (153,58 m2), ubicado en: La Calle Damaso García, Las Casitas, Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, con una superficie edificada de Ciento Noventa y Dos Metros con Veinticuatro Centímetros Cuadrados (192,24 mts2), la Bienhechuría tiene las siguientes características: Dos (2) niveles, en la parte de Abajo o Planta Baja de acceso principal consta de; Entrada Principal, con una (1) puerta principal de hierro, una (1) ventana de hierro, techo de placa de cemento, paredes de bloque frisada, una (1) habitación con una (1) pequeña sala, en la parte de arriba o segundo nivel; una (1) cocina comedor, un (1) baño con sus instalaciones sanitarias, agua potable, instalaciones de aguas servidas, piso de cementos, dos (2) cuartos principales y uno anexo, instalaciones eléctricas con su medidor, cuatro (4) ventanas de hierro y techo de acerolit, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con calle Damaso García, en siete metros con setenta y tres centímetros (7,73mts); SUR: Con casa que es o fue de Angélica Sánchez, en once metros con cuarenta y un centímetros (11,41mts); ESTE: Con casa que es o de Claudina Alemán en diecisiete metros con sesenta y ocho centímetros (17,68mts) y OESTE: Con casa que es o fue de Ángel Sánchez, en catorce metros con sesenta y uno centímetros (14,61mts). Este Juzgado sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a lo previsto en el artículo 03 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA la misma TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ELSA RODRÍGUEZ GALARRAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad, N°. V-7.447.548, sobre la bienhechuría cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena devolver originales de las presentes actuaciones con sus resultas a las solicitantes, previa constancia en el Libro Diario y expedir por secretaria las copias certificadas respectivas de las mismas, a fin de ser insertas en el archivo de este Tribunal. Así mismo publicar el presente decreto en el portal web: www.tsj.gob.ve. Cúmplase. LA JUEZ,


Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES

LA SECRETARIA Acc.,


Abg. ANA I. GARCÍA

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, dejándose copia debidamente certificada de la misma para proceder a archivarlo en el copiador correspondiente. Se hará entrega de originales con sus resultas a la parte interesada.
LA SECRETARIA Acc.,


Abg. ANA I. GARCÍA





ABR/aig/lc.
TITULO SUPLETORIO.
Solicitud 14054.-