CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud mediante escrito presentado por ante este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en funciones de Juzgado Distribuidor y Receptor de Documentos, en fecha 17 de septiembre de 2024, correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud a este Juzgado, según sorteo realizado en la misma fecha, según Acta N° 22,por la ciudadana: YERESAY DESSIRE PIMENTEL SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V-22.434.573, debidamente asistida por el abogado JOSE GREGORIO REBANALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 219.189.
Alega la solicitante,que en fecha 25 de agostode 2024, falleció ab-intestatoen el Distrito Capital su padre,el ciudadano ESTEVAN PIMENTEL, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.991.532, según consta en el acta de defunción N° 469,emitida por la Oficina de Registro Civil de las Parroquias Cua y Nueva Cua del Municipio General Rafael Urdaneta del estado Bolivariano de Miranda, en fecha 26 de agosto de 2024, yque, como quiera que su causante falleció AB-INTESTATO; y quien en vida fuera esposo de CARMEN MARIA SALAZAR DE PIMENTEL, titular de la cedula de identidad Nº V-10.077.354, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio bajo el Nº 59, folio Nº 59, emitida el día 25 de marzo de 1988; es por lo que de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, solicita sean declarados como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, delDe Cujus ESTEVAN PIMENTEL,su persona ciudadana YERESAY DESSIRE PIMENTEL SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V-22.434.573,y sushermanosMAGGY MAIDALEY PIMENTEL SALAZAR, NAIROBI GREISY PIMENTEL SALAZAR, CRISLEIDY MARIA PIMENTEL SALAZAR, ROYER ESTEVAN PIMENTEL SALAZAR, YAIRELKIS YELIMAR PIMENTEL SALAZAR, JEAN MARCO PIMENTEL SALAZAR, GLEIMERY KARELLY PIMENTEL SALAZAR Y CARMEN MARIA SALAZAR DE PIMENTELtitulares de las Cédulas de Identidad Nº V-17.685.419, V-9.266.096, V-19.266.094, V-21.149.630, V-22.434.610, V-27.600.228, V-29.658.154 y V-10.077.354, respectivamente, quienes son hijos y esposa delciudadanoESTEVAN PIMENTEL, (FALLECIDO). Asimismo, solicita sean declarados los testigos que oportunamente presentaría sobre los particulares descritos en la solicitud.
En fecha19 de septiembre de 2024, este Tribunal, le dio entrada a la presente solicitud y ordeno hacer las anotaciones en el libro respectivo, quedando anotada bajo elNº 093-2024.
En fecha 27 de septiembre, se admitió y seinstó a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de su evacuación.
En fecha 30 de septiembre de 2024, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanosJOHAN JOSE CORREA SERRANO y REYNA NICOLASA RODRIGUEZ DE BALOA, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-19.373.776 Y V-10.630.738, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales relación a la solicitud en referencia.
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