TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, TARIBA, VEINTISEIS (26) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.- (2024)

214º y 165º

Revisado como ha sido el presente expediente se observa que este tribunal declaró la perención de la instancia en fecha 25 de septiembre de 2024, tal como consta en la pieza principal del presente expediente. En consecuencia, este juzgado acuerda de conformidad LEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble hipotecado, consistente en un lote de terreno propio, con casa para habitación sobre el construida, de paredes de bloque, pisos de cemento, techo de platabanda, consta de tres habitaciones, sala cocina, comedor, dos baños con todos los servicios con un área de 98 m2 ubicada antes en LA LOMA DE CORDERO, hoy BARRIO MANUEL FELIPE RUGELES MUNICIPIO ANDRES BELLO ESTADO TACHIRA, identificado como LOTE B. con una superficie de 310 m2, medido y alinderado así NORTE mide TREINTA Y UN METROS (31 mts) del punto P 4 al P 3, con terrenos que son o fueron de HENRY CARMONA. SUR mide TREINTA Y UN METROS (31 mts) del punto P5, al P6 con terrenos que son o fueron de Rosa Albina Pineda, ESTE Mide DIEZ METROS (10 mts), del punto P3 al P.6, con calle pública de tierra en terrenos que son o fueron de Rosa Albina Pineda . OESTE MIDE DIEZ METROS (10 mts), del punto P4 al P5, con terrenos que son o fueron de Inversiones Los Nietos, C.A el CUAL ES TODO lo que le pertenece a JOSE GREGORIO MARTINEZ HERNANDEZ, por haberlo adquirido de la Siguiente manera el lote de terreno conforme a documento registrado por ante el REGISTRO INMOBILIARIO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DEL ESTADO TACHIRA, en fecha 02 de septiembre de 1997, inserto bajo el N° 24 Tomo 23. Protocolo Primero, Tercer Trimestre de 1997, y las mejoras según se evidencia en documento de hipoteca, protocolizado en la misma oficina, el 30 de Abril de 2010 bajo el N° 2010.2298, Asiento Registral I del inmueble matriculado con el N° 429. 18. 18. 1648, correspondiente al Libro del folio real del año 2010. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG: JOHANNA QUEVEDO POVEDA
LA SECRETARIA,
ABG. WUENDY MONCADA
En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
ABG. WUENDY MONCADA

Exp. 6636-2011
JQ/Wm/ic.-