REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de 1ra. Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente del estado Táchira
San Cristóbal, 09 DE ABRIL DEL AÑO 2025
214º y 165º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-D-2023-000046
ASUNTO : SP21-D-2023-000046
Visto el escrito de fecha Miércoles Nueve (09) de Abril del año 2025, recibido en este Juzgado en fecha Veintiocho (28) de Marzo del año 2025, suscrito por la ciudadana ABOGADA ANGELA RAMIREZ, en su condición de Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; mediante el cual solicita se decrete el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa a favor de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES); este Tribunal para decidir previamente observa:
Que el Ministerio Público en su escrito con solicitud de Sobreseimiento Provisional narra los hechos de la siguiente manera: “en fecha 17/10/2023, se encontraba en su residencia ubicada en el junco, páramo carrera 17,casa n°1-16, vereda la esmeralda Municipio Cárdenas, estado Táchira en compañía, de unos familiares y un señor a quien identifica como Javier , en compañía de su hijastra llamada Diana, allí empezaron a compartir e ingirieron licor, posteriormente ella ingreso a su habitación a sacar dinero, pasado el tiempo volvió a ingresar a su habitación, y observo que el bolso donde tenia el dinero, se encontraba abierto por lo que verifico, y se percato que seiscientos ochenta dólares americanos que tenia allí los había sustraído, por lo que procedió a informar a los presentes acerca de la situación, manifestándole a la adolescente Diana que si ella había sido la que había sustraído ese dinero, observando en ella una aptitud nerviosa, por lo que los representantes de esta adolescente le dijeron que no denunciaran que al otro día ellos le cancelarían, ese dinero al pasar el día y la hora indicada, y ellos no aparecieron para pagarle el dinero, ella se dirigió al lugar de trabajo de estas personas, y alli le informaron que habían salido de permiso, por una semana por lo que se decidió a presentarse en la residencia de ellos, en compañía de un funcionario y de un sobrino y allí converso con la adolescente, y sus quienes la tendieron de una manera muy agresiva, según lo manifestado en la denuncia en vista de los hechos acontecidos, y de que no respondieron por el pago de dinero, esta ciudadana decide interponer la denuncia en vista de los hechos acontecidos y de que no le respondieron por el pago esta ciudadana decide interponer la denuncia, a estos hechos se le investigación correspondiente, es todo ”.
De las diligencias de investigación se obtuvo lo siguiente:
Luego de recibida las actuaciones procedentes de la Fiscalía Superior del Ministerio Público, por denuncia en contra de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), por la presunta comisión de un hecho punible perseguible de oficio, se practicaron las siguientes diligencias:
1-DENUNCIA: de fecha 10 de octubre de 2023, suscrita por la víctima, quien manifestó: "En ésta misma fecha, siendo las 04:05 horas de la tarde, se presentó por ante este Despacho Fiscal, previa remisión de la Unidad de Atención a la Victima, adscrita a la Fiscalia Superior la ciudadana: LUZ MARINA HEVIA LUNA, a fin de formular denuncia, quien manifestó no proceder ni falsa ni maliciosamente en éste acto y en consecuencia expuso: "Yo el día sábado me encontraba en la casa de mi hermano y de la casa de mi hermano nos trasladamos hasta mi casa en el junco paramo estando alli, llegaron ellos el señor Javier la pareja de él y la Hijastra la adolescente de 17 años mi hermano tiene en venta el carro, el señor Javier le pregunta en cuanto vende el carro y el responde que 5000 dólares alli entre las conversaciones que tuvimos hablamos de la casa que la había puesto bonita que había hecho el sacrificio de arreglarla desde panamá, entonces el alli se sentó con notros empezamos a tomarnos unas cerveza frente a la casa y después empezó a lloviznar y nos pasamos para la sala, estando hay observe que la hijastra del señor Javier iba hasta la Nevera y les traia Cerveza al padrastro, la mamá y mi cuñada Marina Ortiz y por alli también estaba mi hermano JOSE ALIRIO HEVIA, estando alli yo observo que ella sale con una toalla roja de mi cuarto, anterior a eso de la toalla yo fui a mi cuarto a sacar 20 dólares, y Ella se dio cuenta de que bolso estaba sacando el dinero cuando yo veo que ella se sienta en el mueble deja la toalla y se sale yo me percato dentro del cuarto y veo el bolso abierto, me voy a revisar la plata que tenía alli que era un total de 680 dólares y no están salgo y la llamo a ella, le digo Diana ven acá la meto al cuarto y cierro la puerta y le pregunto usted me sacó el dinero del bolso, ella se puso muy nerviosa y empero a temblar se cruzó de mano y se las metia a la boca, y me decía no, no, le pregunte porque está nerviosa porque esta asi si usted no saco la plata, en vista como la vi que se había puesto nerviosa, abri la puerta y llame a su padrastro a su mamá y le dije señor Javier su hijastra me robo le plata y ellos le preguntaron Diana donde está la plata y ella decía no no yo no la tengo, bueno yo de la rabia les dije hagan el favor y se largan de mi casa, ellos se fueron y en la mañana me paro y me bajo a la casa de mi mamá hablo con mi sobrino y le digo que me robaron en la casa y le explique el problema. mi sobrino me dice que vamos a llamar a un amigo que trabaja en ptj para colocar la denuncia llamamos al amigo pero en ese momento no respondió a eso de 8 o 8.30 de la noche y él nos dice que pasemos por su casa para que tratemos de hablar con los papa y ellos entreguen ese dinero efectivamente asi fue, subimos a la casa, con mi sobrino Antony Hevia, el funcionario Contreras, yo y el muy amablemente llamo al papa a la mama y a ella y le explico que eso ere un delito y que a ella le podía acarrear sanciones penales que lo pensara y devolvieran el dinero la mama el padrastro se pusieron a la defensiva y de groseros con el funcionario, yo intervine y les dije que me dejaran hablar un momento con Diana a solas, ellos no querían y ella accedió yo empecé a decirle Diana por favor devuélvame el dinero ella de pie se cruzó de brazos miraba hacia el techo y no me respondía nada, volví y ala vi bastante nerviosa le decía mamita no se valla a dañar su vida esto es un delito y ella me decía señora Luz, yo le digo dime Diana en ese momento entro la ama y se quedó mirándola a ella con mucha rabia, no sé si fue porque ella accedió a hablar conmigo también entra el funcionario y preguntó señora Luz salga a ver en que quedan Yo Sali junto con diana y su mama y les pregunte que vamos hacer, y ellos respondieron muy agresivamente pues será que ustedes se larguen y me dejen en paz. El funcionario les respondió bueno lo que tiene que hacer es ir y colocar la denuncia al CICPC, ellos se negaron a ir y mi sobrino me estaba brindando el apoyo del transporte para trasladamos, hable con la mama y le dije vamos hasta la sede y hay yo voy a colocar la denuncia del robo, bajamos hasta la sede y llegamos allá a la sede y cuando me llamaron para colocar la denuncia la mama de la niña se puso a llorar muy angustiadamente, y me pidió que por favor no colocara la denuncia que ya ella habla hablado con su pareja para entregarme la plata al día siguiente antes de las 2 de la tarde que fue el día lunes, en vista de que paso el día lunes la hora acordada y no entregaron el dinero. Yo llamo al señor Javier, no respondió al número que él me dio, le envíe un mensaje por el watsap y me respondió que ellos estaban en eso que ellos me avisaban, como paso el día y no hicieron nada, y el día de hoy me traslade hasta el lugar de trabajo donde ellos trabajan y allí me lleve la sorpresa que me dio el jefe de ellos que habían llamado para solicitar permiso por una semana ambos, ellos trabajan en el matadero del junco donde el señor Teo, y por eso tome la decisión de venir a denunciar. Elemento de convicción pues es la denuncia interpuesta por la victima quien narra las circunstancias de tiempo, lugar y modo como ocurrieron los hechos que dieron origen al presente caso.
2-OFICIO: N° 20F17-0777-2023 de fecha 11 de octubre del 2023, dirigido al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Táchira, informando acerca de investigación cursante en contra de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), por la presunta comisión de un hecho punible perseguible de oficio. Elemento de convicción donde se deja constancia que se informa al Tribunal especializado acerca de la Investigación donde se encuentran inmersos los adolescentes Ut supra mencionados, dando cumplimiento a las formalidades esenciales que se deben observar en el procedimiento".
3- OFICIO: N° 20F17-0798-2023 de fecha 17 de octubre del 2023, dirigido al Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana con solicitud de la práctica de diligencias de Investigación en el presente caso. Elemento de convicción pues a través de las resultas de estas diligencias se lograra esclarecer los hechos acaecidos objeto del mismo.
4.-ACTA DE INVESTIGACION PENAL: San Cristóbal 13 de febrero del 2024 En esta misma fecha, siendo la 1:00, de la tarde, comparece por ante este Despacho, el OFICIAL JEFE (CPNB) ZAMBRABNO YUSNEIDY, perteneciente a la División de Investigaciones Penales, estando debidamente juramentado y en conformidad, a lo establecido en los articulos, 114, 115, 116 y 285, del código orgánico procesal penal en concordancia con el artículo, 34,35,y 36, de la ley orgánica del servicio de policia, deja constancia de la siguiente diligencia policial, en la presente averiguación, continuando con la investigación de las acta procesales signadas con la nomenclatura interna CPNB-004-10TA-INV-SP-000183-2024 y causa fiscal MP. 208599-2023,de la Fiscalia Decima Séptima, que se adelanta la comisión del delito en cuestión, donde figura como victima L.M.H.L y como investigado; DIANA GOMEZ, seguidamente procedí a trasladarme en compañía del OFICIAL JEFE (CPNB) GONZALEZ ARTURO, a bordo del vehículo de uso oficial marca kia modelo, rio, sin placas, color blanco, a la siguiente dirección, VEREDA LAS PUMA ROSAS CASA S/N DEL MUNICIPIO CARDENA DEL ESTADO TACHIRA, con la finalidad, de realizar la inspección técnica, e identificar a posibles autores del hecho al llegar al lugar fuimos atendido por un ciudadana LILIANA MELENDEZ Titular de la cedula de identidad V-18.290.432 de 35 años de edad madre de la investigada y previa identificación como funcionario activos de este Cuerpo policial, nacional bolivariana de la división de investigación penal quien luego de manifestarle el motivo de nuestra presencia nos permitió libre acceso a la vivienda donde se realiza la inspección técnica en detalle con fijaciones fotográficas y identificación plena de la misma DIANA PATRICIA 'GOMEZ MELENDEZ fe fecha de nacimiento 8/06/2008 de 15 años de edad estudiante de teléfono 0424.742.86, 44 aún no posee cedula de identidad de igual forma se recaba partida de Nacimiento posteriormente indagando con vecinos adyacente al lugar los testigo y la victima se encuentran fuera del pais ya haces unos tres meses se consigna la inspección técnica en el acta es todo cuanto tengo que informar. Es Todo se terminó, se leyó y estando conformes firman.- Elemento de convicción con el cual se deja constancia de la continuación en la práctica de diligencias de Investigación en el presente caso.
5.-INSPECCION TECNICA: Palo Gordo, 10 de febrero del 2024, En esta misma fecha, siendo las (10:15) horas de la tarde, se conformó una comisión de la Sala Técnica de la División de Investigaciones Penales. de este Cuerpo Policial integrada por quien suscribe el OFICIAL JEFE (CPNB) GONZALEZ ARTURO (TECNICO), trasladándonos hacia la siguiente dirección: VEREDA LAS PUMA ROSA CASA SIN NUMERO DEL MUNICIPIO CARDENAS DEL, ESTADO TACHIRA, lugar en la cual se acordó practicar inspección técnica, de conformidad con lo establecido en el articulo 186 y 266 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 41 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses. A tal efecto siendo las (12:30) horas de la tarde del presente día, se aborda la dirección y se procede a dejar constancia de lo siguiente: El lugar a inspeccionar resulta ser un sitio de suceso "ABIERTO" expuesto a condiciones ambientales y climatológicas, de coordenadas: 7.809164,-72 205224 cabe destacar que para el momento se contaba con un clima parcialmente cálido que proporciona iluminación de origen natural de buena intensidad. En un área poblada en sus alrededores por viviendas unifamiliares y provistas de tendidos eléctricos Trátese de una via pública de acceso para el libre tránsito peatonal y vehicular se encuentra antecedida por una calzada elaborada de material de hormigón desprovista de demarcaciones viales y demás señalizaciones de tránsito, haciendo referencia en el lugar donde suscitaron los hechos donde se observa una fachada elaborada de material de hormigón (bloque y cemento) recubierta con una capa de pintura de color amarillo en los bordes de flojas marrones y una entrada de acceso a la parte interna del inmueble tipo batiente de material ferroso recubierta con una capa de pintura de color blanco con un diseño de enrejado del mismo material Posteriormente se procede a realizar un recorrido minucioso por las adyacencias con la finalidad de avistar algún elemento de interés criminalística que sirva para el esclarecimiento de la presente averiguación, obteniendo como resultado negativo. Es todo cuanto tengo que informar al respecto y de esta forma concluyo. TERMINO, SE LEYO Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN. "Elemento de convicción, en el que se tiene certeza del lugar exacto donde ocurrieron los hechos y características que presento el mismo
6.- ENTREVISTA: SAN CRISTOBAL, 07 DE MAYO DEL 2024. En el dia de hoy, siendo las 2:33 horas de la tarde se hizo presente, la ciudadana BELKIS MATILDE URBINA ZAMBRANO, en la presente causa MP. 208599-2023, a los fines de ser entrevistada, quien expuso lo siguiente. Yo como siempre visitaba a mil mama y ese dia la señora estaba tomando en la casa de ella y llamo a mi mama que subiera y mi mama subió a la casa de ella y yo me quedo al frente de la casa de mi mama y al rato la señora Marina me llamo yo subi y la sobrina se quedó en la casa como a los quince minutos la llamo nos sentamos en la casa de la señora Marina en una banca que hay al frente y entonces ella le dijo a la niña Diana que nos trajera unas cervezas y hay llego una cuñada y llego el hermano se sentó a hablar con nosotros, hay duramos hablando eran como las 8.00 de la noche empezó brizar y todos ingresamos a la sala de la casa de la señora Marina. esa briza duro como 15 minutos y volvimos a salir hacia el frente de la casa, y de ahí seguimos sentados hablando hasta que el hermano de la señora dijo que se queria ir porque él estaba ebrio y la esposa se lo llevo entonces la señora Marina dijo vamos a comprar otra caja de cerveza y entonces nosotros dijimos que si la quería comprar a bueno la señora Marina entro a su casa y duro como un buen rato entro cuando salió gritando que la habían robado y que había sido la señorita Diana y nosotros nos quedamos sorprendidos y ella siguió diciendo que fue ella y fue ella y después se fue para adentro y yo estaba parada en la puerta de la casa cuando me dijo que le hiciera el favor y le llamara a Diana yo la lame y ella dentro y yo le dije a los papas de Diana que entraran a ver que la señora Mariana quería con Diana ellos entraron y yo me quede con la esposa de mi sobrino y una pareja que había acabado de llegar al rato cada uno se fue para su casa y yo me fue para la casa de mi mama a dormir y no supe de ese problema, al otro dia me fui para mi casa y por teléfono me había comentado lo que habla pasado con Diana de que había ido no sé si fue CICPC o la Policía me contaron por teléfono que la habia golpeado después que me fui no supe nada hasta que me Ilamaron para acá y que viniera a declarar lo que habla visto. Es todo. Primera pregunta ¿Diga usted, lugar. hora y fecha donde ocurrió los hechos? CONTESTO: Vereda la esmeralda punto de referencia entrando por el galpón, eso fue como a las 8:00 o 9:00 de la noche, eso fue como el 07 pero el mes no me acuerdo ¿Diga usted, como es el comportamiento de la adolescente Diana Gómez? CONTESTO: lo poco que la conozco el que ella es una niña hogareña que no sale de su casa es cuidando de sus hermanitos lo poco que se ve en la calle es en las tarde sentada al frente de donde mi mama se sienta con el teléfono ¿Diga usted se doy cuenta de que la adolescente ingreso a la habitación de la ciudadana Luz Hevia? CONTESTO No yo solamente la llame desde donde yo estaba parada ¿Diga usted es primera vez que suscita este problema con la adolescente Diana Gómez? CONTESTO: creo que si que es la primera vez que le pasa esto Diga usted qué horas eran para el momento de la reunión? CONTESTO: era como las cinco 05:00pm de la tarde Diga usted se dio cuenta que la ciudadana Luz Marina Hevia agredió verbalmente a la adolescente Diana Gómez? CONTESTO: no me di cuenta que ella la allá agredido verbalmente solo me di cuenta cuando ella dijo que la habia robado. ¿Diga usted se dio cuento que la adolescente Diana le saco el Dinero a la ciudadana luz de su bolso? CONTESTO: no sé por qué no estábamos adentro según ella se le habla perdido la plata ¿Diga usted como se entera de lo sucedido? CONTESTO: lo de que la señora luz de que le habia perdido el dinero porque yo estaba ahí. Diga usted cuantas personas habían es esa casa? CONTESTO estaba la esposa de mi sobrino Evelin, el hermano de la señora Marina, la mama de Diana y el papa de Diana y mi persona. Desea agregar algo más CONTESTO No Se terminó siendo las 3:16 de la tarde SE TERMINO, SE LEYO CONFORME FIRMAN- "Elemento de convicción en el cual la testigo presencial deja constancia de las circunstancias de tiempo, lugar y modo ocurrieron los hechos que dieron origen al presente caso
7.- ENTREVISTA: SAN CRISTOBAL, 07 DE MAYO DEL 2024, En el dia de hoy, siendo las 3:30 horas de la tarde se hizo presente, el ciudadano: JOSE JAVIER HUERFANO PULIDO, como testigo en la presente causa MP-208599-2023, a los fines de ser entrevistado, quien expuso lo siguiente: eso paso el día sábado 07 de Octubre yo me encontraba en la casa y sali a unos metros hacia la cochinera a echarle comida a los cochino de regreso me consigo a la señora Luz Marina en compañía de dos personas más se encontraban al frente de la casa de ella está tomando cerveza y me saludan entonces me ofrecen una cerveza yo se la reviso y me dirijo hacia mi casa al rato me bañe y salgo un rato a la vereda como de costumbre se salir a ver a los niños jugar y por el calor pues uno sale un rato vuelve y me llama la señora Luz y entramos en Conversación y me presenta los señores que estaban con ella ahí entonces ella me dice que le han hablado bien de mi y con de confianza que si le podía ayudar a poner música al televisor que me pasara el control que desde donde yo estaba sentado le podía arreglar cosa que no pude arreglárselo entonces que pasara para que lo revisara bien y pues que yo no acostumbraba a pasar a casas ajenas en eso vio a la señora Belkis y la invito también a la reunión que estaba ahl y a varios vecinos que ella los veía y los llamaba pues entramos en conversación todos los que estábamos ahí, Sali la señora Rudi con su hija la mayor que se Ilama Diana y también la llamo y bueno estábamos compartiendo y yo si note que la señora Luz Marina era una insistiera con la niña Diana pero la agarraba mucho y las mandaba a muchas cosas en varias oportunidades la mandaba a buscar cervezas a la nevera estábamos ahi y pusieron música en una corneta y estábamos todos ahí los que ella invito y bailando se puso como si fuera a llover entonces la señora Marina nos pasó a todos para la sala pasen para acá para que no se mojen hay tuvimos un cierto tiempo mientras pasaba la llovizna la señora Marina en varias oportunidades le dio permiso al señor quien es el hermano el señor Alirio entonces el le decía que le prestara el baño y ella se lo prestaba y el fue el que dentro en Varias oportunidades Diana en una oportunidad se retiró a sentarse en la acera con unas niñas que estaban ahí y la señora Luz Marina la llamaba en varios oportunidades para que le hiciera favores paso el tiempo y nuevamente la señora Luz Marina mando a comprar otra caja de cerveza ya el señor Alino estaba bastante tomado y empezó a decir que se iba y la señora Luz Marina le dijo que para que se iba si estaba bastante prendido dijo un cierto tiempo solo y después con la mujer de el at cabo de un rato decidió irse mi persona yo decido ir y como vi que varios vecinos se estaban yendo yo me fui y en eso la señora Luz Marina sale y nos dice no se vallan es temprano vamos seguir compartiendo nos sacó como dos veces más de ronda de cerveza y ella dijo vamos a comprar más cerveza ella dijo yo la compro ella se dirigió a la casa y duro cierto tiempo que no salía yo me retiro a una distancia cuando ella sale llama a Belkis que le llamara a Diana yo escucho que le dice Diana usted me robo yo le dije como así que la robaron como la va robar esa niña si no había entrado para allá sé que la agarro y la metió para un cuarto yo me voy para mi casa y me siento al frente de mi casa y escucho que la señora Luz había culpado a Diana que le habla robado una plata y la señora Luz Marina me dijo a mi señor Javier Diana me robo la plata yo le dije en que momento si esa muchacha estaba con nosotros ahi Es todo. Primera pregunta: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha donde ocurrió los hechos? CONTESTO: El Junco Paramo vereda los Puma Roso, eso fue después de las 10.00 de la noche, el 07 de Octubre del 2023 ¿Diga usted, como es el comportamiento de la adolescente Diana Gómez? CONTESTO desde que yo la distingo es una muchacha estudiosa no tiene mala juntas, y la veo muy pendiente de los hermanos casi no sale no se ve muy común en la vereda es muy respetable muy educada ¿Diga usted se dio cuenta de que la adolescente ingreso a la habitación de la ciudadana Luz Hevia? CONTESTO vi fue cuando se dirigió a la nevera porque la señora Luz la mando a sacar cerveza pero que si ingreso a la habla no ¿Diga usted es primera vez que sucede este problema con la adolescente Diana Gómez? CONTESTO: con la adolescente tengo conocimiento que si pero con la señora Luz Marina me entere que está acostumbrada que cuando hace reuniones ella siempre dice que la robaron ¿Diga usted se dio cuenta que la ciudadana Luz Marina Hevia agredió verbalmente a la adolescente Diana Gómez? CONTESTO: si escuche cuando la señora Luz le dijo Diana usted me robo ¿Diga usted tiene conocimiento que cuanta cantidad de dinero le robo la adolescente Diana a la ciudadana luz Marina de su bolso? CONTESTO: ella en una oportunidad dijo que era 500 dólares americanos, después salió diciendo que era 680 dólares americanos. ¿Diga usted cuantas personas habían presentes en esa casa? CONTESTO aproximadamente 15 ¿Diga usted conoce a esas personas? CONTESTO: Unos otros no ¿Diga usted cual es el comportamiento de los padres de la adolescente Diana en la comunidad? CONTESTO: bien soy muy respetables ¿Diga usted tiene conocimiento si en algún momento la ciudadana Luz Marina fue con un funcionario del CICPC a la casa de la adolescente Diana? CONTESTO SI Desea agregar algo más CONTESTO: para mi opinión esa niña no tomo esa plata no hubo el momento que la niña estuviera sola para hacer eso en todo momento estuvo con nosotros. Se terminó siendo las 4:18 de la tarde SE TÉRMINO, SE LEYO Y CONFORME FIRMAN. "Elemento de convicción en el cual la testigo deja constancia de las circunstancias de tiempo, lugar y modo ocurrieron los hechos que dieron origen al presente caso"
8.- ENTREVISTA: SAN CRISTOBAL, 07 DE MAYO DEL 2024, En el día de hoy, siendo las 3:30 horas de la tarde se hizo presente, el ciudadano: JOSE JAVIER HUERFANO PULIDO, como testigo en la presente causa MP-208599-2023, a los fines de ser entrevistado, quien expuso lo siguiente: eso paso el dia sábado 07 de Octubre yo me encontraba en la casa y sali a unos metros hacia la cochinera a echarle comida a los cochino de regreso me consigo a la señora Luz Marina en compañía de dos personas más se encontraban al frente de la casa de ella está tomando cerveza y me saludan entonces me ofrecen una cerveza yo se la reviso y me dirijo hacia mi casa al rato me bañe y salgo un rato a la vereda como de costumbre se salir a ver a los niños jugar y por el calor pues uno sale un rato vuelve y me llama la señora Luz y entramos en Conversación y me presenta los señores que estaban con ella ahí entonces ella me dice que le han hablado bien de mi y con de confianza que si le podía ayudar a poner música al televisor que me pasara el control que desde donde yo estaba sentado le podía arreglar cosa que no pude arreglárselo entonces que pasara para que lo revisara bien y pues que yo no acostumbraba a pasar a casas ajenas en eso vio a la señora Belkis y la invito también a la reunión que estaba ahí y a varios vecinos que ella los vela y los llamaba pues entramos en conversación todos los que estábamos ahí, Salí la señora Rudi con su hija la mayor que se llama Diana y también la llamo y bueno estábamos compartiendo y yo si note que la señora Luz Marina era una insistiera con la niña Diana pero la agarraba mucho y las mandaba a muchas cosas en varias oportunidades la mandaba a buscar cervezas a la nevera estábamos ahi y pusieron música en una corneta y estábamos todos ahi los que ella invito y bailando se puso como si fuera a llover entonces la señora Marina nos pasó a todos para la sala pasen para acá para que no se mojen hay tuvimos un cierto tiempo mientras pasaba la llovizna la señora Marina en varias oportunidades le dio permiso al señor quien es el hermano el señor Alirio entonces él le decía que le prestara el baño y ella se lo prestaba y el fue el que dentro en Varias oportunidades Diana en una oportunidad se retiró a sentarse en la acera con unas niñas que estaban ahi y la señora Luz Marina la llamaba en varios oportunidades para que le hiciera favores paso el tiempo y nuevamente la señora Luz Marina mando a comprar otra caja de cerveza ya el señor Alirio estaba bastante tomado y empezó a decir que se iba y la señora Luz Marina le dijo que para que se iba si estaba bastante prendido dijo un cierto tiempo solo y después con la mujer de el al cabo de un rato decidió irse mi persona yo decido ir y como vi que varios vecinos se estaban yendo yo me fui y en eso la señora Luz Marina sale y nos dice no se vallan es temprano vamos seguir compartiendo nos sacó como dos veces más de ronda de cerveza y ella dijo vamos a comprar más cerveza ella dijo yo la compro ella se dirigió a la casa y duro cierto tiempo que no salía yo me retiro a una distancia cuando ella sale llama a Beikis que le llamara a Diana yo escucho que le dice Diana usted me robo yo le dije como así que la robaron como la va robar esa niña si no había entrado para allá sé que la agarro y la metió para un cuarto yo me voy para mi casa y me siento al frente de mi casa y escucho que la señora Luz habla culpado a Diana que le habla robado una plata y la señora Luz Marina me dijo a mi señor Javier Diana me robo la plata yo le dije en que momento si esa muchacha estaba con nosotros ahi Es todo. Primera pregunta ¿Diga usted, lugar, hora y fecha donde ocurrió los hechos? CONTESTO El Junco Paramo vereda los Puma Roso, eso fue después de las 10:00 de la noche, el 07 de Octubre del 2023 ¿Diga usted, como es el comportamiento de la adolescente Diana Gómez? CONTESTO desde que yo la distingo es una muchacha estudiosa no tiene mala juntas, y la veo muy pendiente de los hermanos casi no sale no se ve muy común en la vereda es muy respetable muy educada ¿Diga usted se dio cuenta de que la adolescente ingreso a la habitación de la ciudadana Luz Hevia? CONTESTO vi fue cuando se dirigió a la nevera porque la señora Luz la mando a sacar cerveza pero que si ingreso a la habla no ¿Diga usted es primera vez que sucede este problema con la adolescente Diana Gómez? CONTESTO: con la adolescente tengo conocimiento que si pero con la señora Luz Marina me entere que está acostumbrada que cuando hace reuniones ella siempre dice que la robaron ¿Diga usted se dio cuenta que la ciudadana Luz Marina Hevia agredió verbalmente a la adolescente Diana Gómez? CONTESTO: si escuche cuando la señora Luz le dijo Diana usted me robo ¿Diga usted tiene conocimiento que cuanta cantidad de dinero le robo la adolescente Diana a la ciudadana luz Marina de su bolso? CONTESTO: ella en una oportunidad dijo que era 500 dólares americanos, después salió diciendo que era 680 dólares americanos. ¿Diga usted cuantas personas habian presentes en esa casa? CONTESTO aproximadamente 15 Diga usted conoce a esas personas? CONTESTO: Unos otros no ¿Diga usted cual es el comportamiento de los padres de la adolescente Diana en la comunidad? CONTESTO, bien soy muy respetables ¿Diga usted tiene conocimiento si en algún momento la ciudadana Luz Marina fue con un funcionario del CICPC a la casa de la adolescente Diana? CONTESTO: SI Desea agregar algo más CONTESTO: para mi opinión esa niña no tomo esa plata no hubo el momento que la niña estuviera sola para hacer eso en todo momento estuvo con nosotros. Se terminó siendo las 4: 18 de la tarde SE TÉRMINO, SE LEYO Y CONFORME FIRMAN. "Elemento de convicción en el cual la testigo deja constancia de las circunstancias de tiempo, lugar y modo ocurrieron los hechos que dieron origen al presente caso.
9.- ENTREVISTA: SAN CRISTOBAL, 14 DE MAYO DEL 2024, En el día de hoy, siendo las 3:30 horas de la tarde se hizo presente, la ciudadana: EVELYN YASMIN LAGOS CERRA, como testigo en la presente causa MP-208599-2023, a los fines de ser entrevistado, quien expuso lo siguiente fue el sábado 07 de octubre del 2023, yo me encontraba en la casa haciendo oficio del hogar sall de la vivienda cerca en la familia d mi esposo que es donde fui a guindar la ropa, cuando fui ya se encontraba el carro azul la señora luz marina persona más un hombre y una mujer, me volvl a ir a mi casa y al final de la tarde tipo 05:00 sali a sentarme afuera como siempre lo hago con mi niños, la señora Luz Marina me llamo que subiera a reunirnos con ellos y pues yo subi todo estaba bien, y empezamos hablar y a tomar cerveza fueron pasando las horas, cayo una pequeña brisa y nos dijo que por que pasáramos a la casa y pasamos fui hasta la sala y ahi hablamos y escuchamos música, y yo vela que la señora luz era uy insistente con diana le decia que pop favor sacara cerveza, que cambiara la música, y de la sal a la cocina todo se ve, yo inca vi que diana se fuera del lugar y siempre estaba con nosotros nunca la vi en otro lugar, y ahí supe que estaba el mano y la cuñada de la señora ellos si entraban y salian de todos los sitios de la casa y pues es normal todos son familia, fueron pasando las horas y como ya estaban tomados decidieron irse temprano, y luego fue que exploto el problema, y nosotros quedamos ahi tomando, y la señora luz marina cada vez que quería comprar más cerveza ella misma sacaba el dinero, y yo me iba a ir y pues ella nos dijo que "no se vayan voy a mandar a comprar otra caja de cerveza", y fue que salió con su show diciendo "ME ROBARON, ME ROBARON FUE DIANA SIEMPE DECIA "FUE DIANA DIANA", y pues yo me sorprendi porque siempre la vi con nosotros, pero la señora luz siempre estaba con la insistiera que diana hiciera y buscara todo y eso que habíamos muchos ahi, luego del show nosotros nos fuimos y la señora luz quedo con diana dentro del cuarta desvistiéndola a ver si tenía el dinero y al otro dia fue que me entere que luz marina habia demandado porque el domingo en anoche llegaron funcionarios a buscar a diana. La señora luz decia que eran 680$ y luego que 500$ ni ella sabla cuánto era, la señora ya estaba tomada, y no es la primera vez que pasa porque en otras ocasiones siempre ha dicho que se le pierde algo cada vez que hace una reunión en la casa de ella. Es todo. Seguidamente se le realizan las siguientes preguntas: Primera pregunta: ¿Diga usted. lugar, hora y fecha donde ocurrió los hechos? CONTESTO El Junco Paramo vereda la esmeralda, eso fue pasada la media noche ya era tarde, el 07 de Octubre del 2023 ¿Diga usted, como es el comportamiento le la adolescente Diana Gómez? CONTESTO, es una niña tranquila, ella se ve de casa, pendiente de sus hermanos pues su mama trabaja, y no es de estar en la calle ¿Diga usted se dio cuenta de que la adolescente ingreso a la habitación de la ciudadana Luz Hevia? CONTESTO, no ¿Diga usted es primera vez que sucede este problema con la adolescente Diana Gómez? CONTESTO: si, es la primera vez ¿Diga usted que actitud tenia la adolescente Diana al momento que la señora Luz Marina Hevia señalara a la adolescente de que le habia hurtado la plata? CONTESTO, pues ella negaba, ella decia que no tenia nada que no tenía nada, y la señora era la que insistia y decia dëmelo ¿Diga usted tiene conocimiento si la señora Luz Marina Hevia llego a correr de su casa a las papas de la adolescente Diana Gómez? CONTESTO pues ella saco a diana y cerró la puerta que eso no se iba a quedar asi, inclusive dijo que tenía cámaras en la casa y en el bolso que por medio de eso ella se daria cuenta quien la robo ¿Diga usted se dio cuenta que la ciudadana Luz Marina Hevia agredió verbalmente a la adolescente Diana Gomez? CONTESTO: no, no escuché que dijera malas palabras, solo que ella la habia robado ¿Diga usted tiene conocimiento que cuanta cantidad de dinero le robo la adolescente Diana a la ciudadana luz Marina de su bolso? CONTESTO no ¿Diga usted cuantas personas habían presentes en esa casa? CONTESTO: 8 personas y pues también habían niños pequeños pero ellos estuvieron afuera jugando ¿Diga usted conoce a esas personas? CONTESTO, si todos somos vecinos ¿Diga usted cual es el comportamiento de los padres de la adolescente Diana en la comunidad? CONTESTO: ellos son muy tranquilos, la señora es muy trabajadora. Diga usted tiene conocimiento si en algun momento la ciudadana Luz Marina fue con un funcionario del CICPC a la casa de la adolescente Diana? CONTESTO pues a mi me dijeron que fue una comisión de dos personas Diga usted de donde conoce a Diana? Pues yo tengo casi el año viviendo ahi en la vereda y sempre salgo a sentarme en las lardes y ahi la conoci / Desea agregar algo más? CONTESTO si se me hace injusto que la acosen de algo que yo no vi que lo hiciera y pues tantas personas ahi y a solo ella le pedía las cosas, pareciera como si lo tuviera planeado, ella es una niña muy bien portada. Se terminó siendo las 4:18 de la tarde SE TÉRMINO SE LEYO Y CONFORME FIRMAN. Elemento de convicción en el cual la testigo deja constancia de las circunstancias de tiempo, lugar y modo ocurrieron los hechos que dieron origen al presente caso.
10.- ACTA DE DILIGENCIA FISCAL: Quienes suscriben, ANGELA MARYOLY RAMIREZ SANCHEZ, en mi carácter de Fiscal provisorio de la Fiscalia Decima Séptima, deja constancia que se realizó llamada telefónica el dia de hoy 16 de octubre del año 2024, en horas de la tarde, al abonado Nro. 0412-9041604 у 0276-3574449, perteneciente a la ciudadana LUZ MARINA HEVIA LUNA, victima en la presente causa, con la finalidad de que asista al despacho fiscal para que aporte la ubicación de su sobrino Anthony Hevia, por cuanto ella refiere que es testigo de los hechos que denuncia, por lo que al momento de comunicarme al número telefónico de la casa fui atendida por la ciudadana Nohemy Montealegre con cedula de identidad E-37.279.780 quien me indico que la ciudadana LUZ MARINA HEVIA le había vendido la casa y que no conocía su ubicación, de igual forma se llamó al teléfono celular y el mismo cae contestador, por lo que su fue infructuosa la comunicación con la víctima, Es todo. Elemento de convicción con el cual se demuestra que se han realizado intentos para localizar a la victima del presente caso y ha sido infructuoso.
11.- ACTA DE DILIGENCIA FISCAL: Quienes suscriben, YUMARY DESIREE SAYAGO VELANDIA, en mi carácter de Fiscal Auxiliar de la Fiscalia Decima Séptima, y la funcionaria LUISA RIVEROS Oficinista, dejan constancia que se realizó llamada telefónica en fecha 19-02-2025, a las 03:12 horas de la tarde, al abonado Nro. 04129041904, perteneciente a la ciudadana LUZ MARINA HEVIA LUNA, Victima en la causa, con la finalidad de informarle que debe presentarse el día 27-02-2025 a las 2:00 pm ante esta dependencia fiscal, en el cual cae contestador, por lo que fue infructuosa la comunicación con la victima. Es todo. Elemento de convicción con el cual se demuestra que se han realizado intentos para localizar a la victima del presente caso y ha sido infructuoso.
En tal sentido, es relevante destacar que el artículo 561 literal “e” de la ley especial que regula la materia establece:
“Fin de la investigación. Finalizada la investigación, el Fiscal del Ministerio Público deberá: e. Solicitar el sobreseimiento provisional cuando resulte insuficiente lo actuado y no exista posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción”.
De la revisión efectuada a las actuaciones remitidas a este Juzgado se evidencia que en efecto tal y como lo manifiesta la Representante del Ministerio Público la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), los hechos se encuentran subsumidos en la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal, en virtud de denuncia interpuesta de la unidad de atención a la victima del Ministerio Publico, en fecha 17/10/2023, se encontraba en su residencia ubicada en el junco, páramo carrera 17,casa n°1-16, vereda la esmeralda Municipio Cárdenas, estado Táchira en compañía, de unos familiares y un señor a quien identifica como Javier , en compañía de su hijastra llamada Diana, allí empezaron a compartir e ingirieron licor, posteriormente ella ingreso a su habitación a sacar dinero, pasado el tiempo volvió a ingresar a su habitación, y observo que el bolso donde tenia el dinero, se encontraba abierto por lo que verifico, y se percato que seiscientos ochenta dólares americanos que tenia allí los había sustraído, por lo que procedió a informar a los presentes acerca de la situación, manifestándole a la adolescente Diana que si ella había sido la que había sustraído ese dinero, observando en ella una aptitud nerviosa, por lo que los representantes de esta adolescente le dijeron que no denunciaran que al otro día ellos le cancelarían, ese dinero al pasar el día y la hora indicada, y ellos no aparecieron para pagarle el dinero, ella se dirigió al lugar de trabajo de estas personas, y allí le informaron que habían salido de permiso, por una semana por lo que se decidió a presentarse en la residencia de ellos, en compañía de un funcionario y de un sobrino y allí converso con la adolescente, y sus quienes la tendieron de una manera muy agresiva, según lo manifestado en la denuncia en vista de los hechos acontecidos, y de que no respondieron por el pago de dinero, esta ciudadana decide interponer la denuncia en vista de los hechos acontecidos y de que no le respondieron por el pago esta ciudadana decide interponer la denuncia, a estos hechos se le investigación correspondiente, es todo, en razón a ello esta Juzgadora DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa a favor de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). Remítase la causa a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del estado Táchira; y así se decide.
Finalmente, una vez firme la presente decisión se ordena remitir la causa a la Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los fines legales pertinentes; y así se decide.
Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 165 del Código Orgánico Procesal Penal.