REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 21 de Abril de 2025.
Años 214º de la Independencia y 166º de la Federación
Solicitud N° S-25-005
Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, este Tribunal acuerda la devolución de todo lo actuado a los solicitantes ciudadanos MARIA ANTONIA HERNANDEZ ACOSTA y CAMBA HERNANDEZ MOISES JAVIER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.664.478 y V-19.387.178, respectivamente, constante de dieciocho (18) folios útiles. Déjese constancia de lo procedido en los Libros correspondientes llevados por este Tribunal. Cúmplase.
El Juez,
Abg. ARTURO ROBLES TOCUYO.
El Secretario,
Abg. JOSE DURAN ROMERO.
En esta misma fecha se devuelven todas las actuaciones originales.
El Secretario,
Abg. JOSE DURAN ROMERO.
ART/JDR/SL
Solicitud N° S-25-005
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