REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, veintiocho (28) de abril de dos mil veinticinco (2025)
214º y 165º

Revisada como ha sido la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MARIA GILDA NUNES DE DIAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.979.169, estando debidamente asistida por los abogados en ejercicio LUIS CARLOS BERMUDEZ ALARCON y JOSE RAMON MARTINEZ GAMARRA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 143.045 y 82.214, en su orden, así como los recaudos consignados y las deposiciones de los testigos evacuados; este tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 825 del Código Civil, DECLARA sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, únicos y universales herederos a los ciudadanos MARIA GILDA NUNES DE DIAS, DIONISIO MANUEL DIAS NUNES, SUSANA MARIA DIAS DE DA SILVA y ANSELMO MIGUEL DIAS NUNES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad Nos. V-6.979.169, V-11.225.089, V-11.229.752 y V-12.420.069, en su orden, en su carácter de esposa e hijos del causante MANUEL DIAS BATISTA, quien en vida era de nacionalidad venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.186.314, de estado civil casado, el cual falleció ab intestato el día quince (15) de marzo de dos mil veintiuno (2021), tal como se desprende del acta de defunción No. 648, emitida por el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha diecisiete (17) de marzo de dos mil veintiuno (2021).- Así se declara.
Devuélvase la presente solicitud en original con sus respectivas resultas, a la parte solicitante. Déjese copia certificada del presente decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,

ADRIANA GONCALVES RODRIGUES.
LA SECRETARIA,

NUVIA BAUTISTA.