REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, veintiuno (21) de abril del año 2025.
215º y 166º


Expediente N° 14415.-

Vista la solicitud que antecede presentada por el ciudadano IVAN DARIO GALLIPOLI CASANOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-6.128.076, actuando en su nombre y representación de sus hijos ciudadanos MIGUEL EDUARDO GALLIPOLI SEQUERA, IVAN JAVIER GALLIPOLI SEQUERA y MARIANGELICA GALLIPOLI SEQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-24.332.806, V-28.152.223 y V-31.178.838, respectivamente, y debidamente asistido por la profesional del Derecho NAILET JOSEFINA GARCIA RANGEL, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 191.313, y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano IVAN DARIO GALLIPOLI CASANOVA (Esposo), venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-6.128.076, y a los ciudadanos MIGUEL EDUARDO GALLIPOLI SEQUERA, IVAN JAVIER GALLIPOLI SEQUERA y MARIANGÉLICA GALLIPOLI SEQUERA (Hijos), venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-24.332.806, V-28.152.223 y V-31.178.838, respectivamente, de la De Cujus, ciudadana YENIS BEATRIZ SEQUERA DE GALLIPOLI, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.446.153.

Expídanse por secretaría copias certificada de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotostatos correspondientes.

Devuélvanse las presentes actuaciones en original a la parte interesada, a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal. Cúmplase. -
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS.

LA SECRETARIA,



Abg. ERIKA E. HEREDIA C.



ABRA/EEHC/Maria.
Exp. Nº 14415.