REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire once (11) de abril de 2025
214° y 166°
SOLICITUD N° S-087-25.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y siguientes, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante JOSEFA MARIA MALENO DE PARIMA, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-1.188.530, a sus hijos los ciudadanos AIDA DEL CARMEN PARIMA MALENO, RAMON CELESTINO PARIMA MALENO, MERCEDES ELENA PARIMA MALENO, YLSIA JOSEFINA PARIMA MALENO Y CARMEN MARIA PARIMA MALENO , venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.407.213, V-5.417.320, V-6.057.206, V- 6.057.205 y V-6.396.963, respectivamente.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Tribunal, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. CÚMPLASE. -
LA JUEZ,
ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA,
MARISOL GONZALEZ RONDON
SOL. S-087-25.-
APM/MGR/SP.-
MARISOL GONZALEZ RONDON, Secretaria del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales que cursan en el expediente Nro. S-087-25, contentiva de la solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana YLSIA JOSEFINA PARIMA MALENO Y OTROS. Certificación que se expide de conformidad con Ley. En Guatire, a los once (11) días del mes de abril de 2.025. Años 214° y 166°.
LA SECRETARIA,
MARISOL GONZALEZ RONDON
MGR/SP.-
EXP. Nº S-087-25.-
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