REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-5922-25
SOLICITANTE: VIOLA ALVARINO DE CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº V-10.483.204; debidamente asistida por el abogado HERMES JESUS MORALES ALCALA, inscrito en el Inpreabogado N°329.534.

MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 10 de julio de 2025, suscrito por la ciudadana VIOLA ALVARINO DE CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de IdentidadNº V-10.483.204; debidamente asistida por el abogado HERMES JESUS MORALES ALCALA, inscrito en el Inpreabogado N°329.534.

En fecha 14 de julio de 2025, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5922-25

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursante al folio 6 del presente expediente, de nombres MARY ELENA GONCALVES DE GONCALVES y SLINDER LILIANA RODRIGUEZ PADILLA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-7.058.089 y V-16.888.217, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana VIOLA ALVARINO DE CASTELLANOS venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad NºV-10.483.204, de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, el cual tiene una superficie de SETENTA METROS CUADRADOS (70,00MTS2), ubicado en: Sector Matica Abajo, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CIENTO SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (107,32MTS2); cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por el abogado HERMES JESUS MORALES ALCALA, inscrito en el Inpreabogado N°329.534.

Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de siete (07) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA

Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, al primer (1º) días del mes de agosto de 2025. Años: 215° y 166°.
LA JUEZA PROVISORIA,


HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA

VIRGINIA GONZALEZ

En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.

LA SECRETARIA

VIRGINIA GONZALEZ



HJNR/VG/YM
S-5922-25