REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO DE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, doce ¬¬¬(12) de Agosto de 2025
215° y 166°
Expediente N°S-297-25
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus NESTOR MARIO BELTRAN HERNANDEZ quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 3.720.159, a su hijo, ciudadano FRANCISCO ROLDAN BELTRAN URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V.-10.698.464, respectivamente.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA
MARISOL GONZALEZ RONDON
APM/MGR/Nh.-
S-297-25
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