REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO (2º) DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guatire, trece (13) de agosto de 2025.
215° y 166
Expediente N° S-196-25.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus GEORGIOS STAVRIANOPOULOS FILIPUDOU, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. E.-81.446.650, a sus Hijos los ciudadanos BASILIOS STAVRIANOPOULOS BIORD, MARIA OFELIA STAVRIANOPOULOS DE RIVERO, MARIA STAVRIANOPOULOS BIORD y ATHINA STAVRIANOPOULOS BIORD, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-19.498.369, V.-14.066.098, V.-16.820.324 y V.-16.820.325, respectivamente.
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ADRIANA PLANAS MELERO
LA SECRETARIA,
MARISOL GONZÁLEZ RONDÓN
APM/MGR/BH.-
SOL: Nº S-196-25.-
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