REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TÁRIBA, 16 DE JUNIO DEL 2025.-
215° y 166°
PARTE SOLICITANTE: JOHAN JOSE GARCIA LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 16.125.080.
ABOGADA ASISTENTE: EMIL ESTRELLA NEGRIN MEDINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 111.214.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Por auto de fecha 05 de Junio de 2025 (fl. 18) se admitió la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS interpuesta por el ciudadano JOHAN JOSE GARCIA LEAL y asistido por la abogada EMIL ESTRELLA NEGRIN MEDINA.
A los folios 25 al 30 rielan declaraciones de los ciudadanos MILAGROS RODRIGUEZ MEZA, DENIS MARIA DELGADO COLMENARES y JOSE ISIDRO PULIDO CHACON.
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
La presente solicitud versa sobre la DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS solicitada por el ciudadano JOHAN JOSE GARCIA LEAL y asistido por la abogada EMIL ESTRELLA NEGRIN MEDINA.
Así las cosas, oídas como han sido las declaraciones de los testigos, los ciudadanos MILAGROS RODRIGUEZ MEZA, venezolano (a), mayor de edad, con cédula de identidad Nº V- 18.566.172, DENIS MARIA DELGADO COLMENARES, Venezolano (a), mayor de edad, con cédula de identidad Nº V- 8.090.690 y JOSE ISIDRO PULIDO CHACON, venezolano (a), mayor de edad, con cédula de identidad Nº V- 3.308.010, en su orden, tal como se evidencia en los folios 25 al 30, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, y, visto el escrito presentado por el ciudadano JOHAN JOSE GARCIA LEAL y asistido por la abogada EMIL ESTRELLA NEGRIN MEDINA, en el cual expone que el día DOCE (12) DE FEBRERO DE 2.025, falleció quien fuera su padre el Ciudadano: JOSE OSLANDO GARCIA SANCHEZ, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.989.634 según se evidencia de Acta de Defunción Nº 033, de fecha 13 de Febrero de 2025, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, según certificación de defunción N° 4743755 fecha 12-02-2025, expedida por la Abg. Ruth Jiménez en su carácter de Registradora del Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira. En Consecuencia, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES PARA ASEGURARLE A LOS CIUDADANOS: NUBIA MIREYA LEAL DE GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.587.671; JOEL ORLANDO GARCÍA LEAL, venezolano, titular de la cédula de identidad N" V-12.230.576, ANA MARÍA GARCÍA LEAL, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.506.831, REINA CAROLINA GARCÍA DE MALTESE, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 14.942.385 y JOHAN JOSÉ GARCÍA LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.125.080, esposa e hijos en su orden, en su carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE OSLANDO GARCIA SANCHEZ, quien en vida era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.989.634, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.

ABG. CRISTINA GRACIELA MUÑOZ CACERES.
JUEZ SUPLENTE

ABG. ANAMILENA ROSALES
LA SECRETARIA TEMPORAL
En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión siendo las diez de la mañana (10: 00 a.m.), quedando registrada bajo el N° ______ y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

ABG. ANAMILENA ROSALES
LA SECRETARIA TEMPORAL

Solicitud Nº 10.011-2025
CM/Ar/am.