REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 02 de Diciembre de 2025
215º y 166º
Solicitud: S-25-231
Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, este Tribunal acuerda la devolución de todo lo actuado al solicitante ciudadano MARIO ORLANDO CAMEJO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.842.652, asistido por el abogado José Omar Rivero Sosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.516, constante de veinte (20) folios útiles. Déjese constancia de lo procedido en los Libros correspondientes llevados por este Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ,
ARTURO ROBLES TOCUYO.
EL SECRETARIO,
JOSE DURAN ROMERO.
En esta misma fecha se devuelven todas las actuaciones originales.
EL SECRETARIO,
JOSE DURAN ROMERO.
ART/JDR/AC
Solicitud N° S-25-231
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