CAPÍTULO II
ANTECEDENTES

Se inicia la presente solicitud de título supletorio mediante escrito presentado por ante este Juzgado, en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por los ciudadanos FANNY COROMOTO MORENO DE DÍAZ Y JOSÉ GREGORIO DÍAZ BUSTAMANTE, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.526.310 y V-15.647.805, respectivamente, asistidos por el abogado ANTONIO JOSÉ RONDÓN DONAIRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 268.348. Siendo asignada la misma previo sorteo según ACTA Nº 88, de fecha 12-12-2025.

Alegan los solicitantes en su escrito, que construyeron unas bienhechurías sobre un lote de terreno de su propiedad ubicado en la Calle "5 de Julio" S/N, Sector Pueblo Nuevo, parroquia Cua, estado Miranda, según consta en Documento Registrado en la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda en fecha Uno (1) de Octubre de 2.018, Bajo el N°. 2018.1148, Asiento Registral 1, Inmueble Matriculado N°. 236.13.10.1.12983, del Libro de Folio Real del año 2.018, el cual tiene una superficie aproximada de Doscientos Treinta y Cuatro Metros Cuadrados, con Diez y Seis Centímetros Cuadrados (234.16 M2), y se encuentra comprendido dentro de las siguientes Medidas y Linderos: NORTE: En Tres líneas; Una línea recta de 9 metros, con 70 centímetro, luego un segmento de 5 metros con 35 centímetros y finaliza en una línea recta de 24 metros con 55 centímetros con; Casa que es o fue de María Isabel Orta Carpio; SUR: En Dos líneas; Una línea recta de 8 metros con 30 centímetros, luego un segmento de 1 metro con 20 centímetros, y finaliza con una línea recta de 13 metros con 80 centímetros con; Casa que es o fue de Carlos Maggi; ESTE: En Tres líneas; Una línea recta de 1 metro 20 centímetros, seguido de segmento de 14 metros con 70 centímetros, finaliza con una línea recta de 10 metros con 80 centímetros con; Calle 5 de Julio; Y OESTE: En una línea recta de 6 metros con 70 centímetros con; Casa que es o fue de Luis Fernando Matamoros. Conforme a Croquis, Escala 1:30, de fecha 3 de septiembre de 2.025, y Certificado de Medidas y Linderos mediante Oficio N° L-137/2025, de fecha 29 de Septiembre de 2.025, emitido por la Oficina de La Dirección de Catastro General Rafael Municipal de la Alcaldía del Municipio Autónomo Urdaneta de Cúa, Estado Bolivariano de Miranda. Dicho inmueble de tipo V-3, tiene un área de Construcción de Setenta y nueve Metros Cuadrados con Treinta y Siete Centímetros Cuadrados (79.37 M2). Constituido por un pasillo escalonado de acceso desde la Calle con Cerca Metálica al Sur, que conecta al corredor en su frente con cerca de metal, bienhechuría edificada con bases de concreto, vigas de riostras y de coronas, paredes de bloques de arcilla frisados por ambas caras, techo de zinc, pisos de cemento pulido, con cerámica, y está distribuida por Una (1) sala-Comedor, Dos (2) Habitaciones, Una (1) Cocina, Un (1) baño, Un (1) Lavandero, contentiva de Tres (3) puertas de metal, Tres (3) puertas de madera entamboradas, Cinco (5) ventanas de metal, Un pasillo adicional de acceso por el lado Sur, al Patio con cerca perimetral de Bloques de arcilla, en el cual existen Cuatro fundaciones para edificar, además cuenta con las instalaciones de servicios de electricidad con acometida de 110 y 220 voltios, aguas blancas y cloacas empotradas. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 12 de diciembre de 2025, este Tribunal, le dio entrada a la presente solicitud y ordeno hacer las anotaciones en el libro respectivo, quedando anotada bajo el Nº S-136-2025.
En fecha 17 de diciembre de 2025, se admitió y se instó a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de su evacuación.
Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:

• FANNY COROMOTO MORENO DE DÍAZ Y JOSÉ GREGORIO DÍAZ BUSTAMANTE, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.526.310 y V-15.647.805,
• Documento de Compra Venta, registrado por ante el registro de los municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del estado Miranda ,
• oficio Catastral Nº L-137/2025, de fecha 29/06/2025, emanado de la dirección de Catastro del Municipio Urdaneta del estado Miranda,
• Carta de Residencia emitida por el consejo comunal “PUEBLO NUEVO” , a nombre de los ciudadanos FANNY COROMOTO MORENO DE DÍAZ Y JOSÉ GREGORIO DÍAZ BUSTAMANTE,
• Carta Aval de Pisatario emitida por el consejo comunal “PUEBLO NUEVO” , a nombre de la ciudadana FANNY COROMOTO MORENO DE DÍAZ,
• Copias fotostáticas de las cedulas de identidad de los ciudadanos MARÍA ISABEL ORTA CARPIO Y CARLOS JOSÉ TOVAR RAMOS,
En fecha 17 de diciembre de 2025, comparecen por ante la sala de este despacho los ciudadanos MARÍA ISABEL ORTA CARPIO Y CARLOS JOSÉ TOVAR RAMOS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.278.349 y V-6.130.983, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.