REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Los Teques, 20 de enero de 2025
214º y 165º

Vistas las pruebas documentales promovidas en el presente expediente contentivo de la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, suscrita por las ciudadanas MARÍA TAHAN KASSAHIYI, ZORAIDA TAHAN KASSALIEJI, MARIELA TAHAN KASSAHJI y LILIANA TAHAN KASABYI, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.873.961, V-6.841.777, V-11.037.182 y V-11.817.494, respectivamente, asistidas en este acto por el abogado JOSÉ FRANCISCO CORRO PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.812.801, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 117.441 y NAYET AMERICA TAHAN DE KAIAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.036.684, representada en este acto por sus apoderados judicial abogados IRIS MORANTE HERNÁNDEZ y JOSÉ FRANCISCO CORRO PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-3.589.967 y V-3.812.801, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 18.392 y 117.441, respectivamente cursantes a los folio siete (07) al folio doce (12); del folio quince (15) al folio veintiocho (28), ambos inclusive, las cuales fueron consignadas por la parte solicitante, y estando la presente solicitud en etapa de pruebas, al respecto este Tribunal ADMITE las pruebas documentales cursante a los folios antes mencionados, cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva. Y así se declara.-
LA JUEZA PROVISORIA,

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TITULAR,

VIRGINIA GONZÁLEZ.



HJNR/VG/yemi.
Exp. N° 24-6311.