REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-5737-24
SOLICITANTE: LINA ROSA MARQUEZ GARCIA venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltera y titular de la cedula de identidad N° V-9.332.703, asistida por el abogado WOLFGANG RAFAEL MEDINA SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº Nº 264.817.



MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 28 de octubre de 2.024, por la ciudadana LINA ROSA MARQUEZ GARCIA venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltera y titular de la cedula de identidad N° V-9.332.703, asistida por el abogado WOLFGANG RAFAEL MEDINA SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº Nº264.817.

En fecha 29 de octubre de 2.024, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5737-24.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes a los folio 37 del presente expediente, de nombres DESIREE CAROLINA PEREZ MILLAN y MIRLA NATHACHA GONZALEZ MEDINA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-24.069.060 y V-19.387.938, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana LINA ROSA MARQUEZ GARCIA venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltera y titular de la cedula de identidad N° V-9.332.703, de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad de las sucesión, FERMIN PEREZ SANCHEZ, según consta en la planilla sucesora Número 216, de fecha 03 de octubre de 1980, el cual tiene una superficie de QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (569.00 MTS2), ubicado en: Carretera que Conduce de las Calles Bolívar y Ricaurte a la Avenida Víctor Batista, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CIENTO NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS (109,96 MTS2); cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por el abogado WOLFGANG RAFAEL MEDINA SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº Nº 264.817.

Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de treinta y ocho (38) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA

Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los veintinueve (29) días del mes de enero de 2025. Años: 214° y 165°.
La Jueza,



Carmen Luisa Salazar Bravo
La Secretaria

Reina Sofía Castillo Sanz

En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.

La Secretaria


Reina Sofía Castillo Sanz




CLSB/RSCS/YB
EXP. S-5737-24