REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-5739-24
SOLICITANTE: CRUZ EVENCIO DIAZ OROPEZA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.844.004, representado por el ciudadano JUAN CRISTOBAL DIAZ OROPEZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-4.846.088, según poder debidamente autenticado ante el Registro Público del Municipio Guaicaipuro, del estado Bolivariano de Miranda el cual quedo inscrito bajo el N° 46, Tomo 35, Folio:372, asistido por el abogado JOSE EMISAEL DURAN DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 118.392.

MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado ante el Tribunal distribuidor de turno en fecha 30 de octubre de 2.024, suscrito por el ciudadano JUAN CRISTOBAL DIAZ OROPEZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-4.846.088, en representación del ciudadano CRUZ EVENCIO DIAZ OROPEZA , venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.844.004, según poder debidamente autenticado ante el Registro Público del Municipio Guaicaipuro, del estado Bolivariano de Miranda el cual quedo inscrito bajo el N° 46, Folio 372, Tomo 35, asistido por el abogado JOSE EMISAEL DURAN DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 118.392.

En fecha 31 de octubre de 2.024, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-5739-24.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes a los folio 43 del presente expediente, de nombres FAUSTINO WILMER OROPEZA CASTILLO y WILFREDO ANTONIO BOSCAN CASTILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-8.682.636 y V-4.424.794, respectivamente; este Tribunal, las valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano CRUZ EVENCIO DIAZ OROPEZA , venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.844.004, de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno perteneciente a la sucesión de FELIX RAFAEL DIAZ OROPEZA y MARIA WENCESLA OROPEZA DE DIAZ, el cual tiene una superficie de QUINCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (15.567,67 MTS2), ubicado en: Sector las Lomitas, Carretera Vieja sentido Caracas Los Teques, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS (124,64 MTS2); cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por el abogado JOSE EMISAEL DURAN DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 118.392.

Expídase por secretaría copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de cuarenta y cuatro (44) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA

Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los ocho (08) días del mes de enero de 2025. Años: 214° y 165°.
La Jueza,



Carmen Luisa Salazar Bravo
La Secretaria

Reina Sofía Castillo Sanz

En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.

La Secretaria


Reina Sofía Castillo Sanz




CLSB/RSCS/YM
EXP. S-5739-24