TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, diez (10) de enero del año 2025
214º y 165º

Expediente N° 14233.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus ANA HAYDEE CHACÓN DE ROMERO, quien en vida fue venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.074.373, a su esposo, VICTOR GONZALO ROMERO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.643.786, y sus hijos, ciudadanos ANAVICT ROMERO CHACÓN y VICTOR JOSÉ ROMERO CHACÓN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.661.435 y V-14.019.088, respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho DARMA ORIETA RIVERA QUISPE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 131.847. –
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Juzgado, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase. –
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS
LA SECRETARIA Acc.,

Abg. ANA ISABEL GARCIA MARTINEZ

ABRA/aigm/Owenn.-
D.U.U.H
Exp. Nº 14233.-