CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud mediante escrito presentado por ante el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en funciones de Juzgado Distribuidor y Receptor de Documentos, en fecha 18 de diciembre de 2024, correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud a este Juzgado, según sorteo realizado en la misma fecha, según Acta N° 68, por la ciudadanaLORENZA UTRIA ESCORCIA, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.859.675, debidamente asistido por la abogadaRUTH CRISTINA REINA MORALES, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 194.398, con motivo de la solicitud de declaración de únicos y universales herederos.
Alega la solicitante, que en fecha 10 de septiembre de 2024, falleció ab-intestato su hija, la ciudadanaAMINTA VILLADIEGO UTRIA, titular de la cédula de Identidad N° V-23.241.413, según consta en el Certificado de Defunción folio 093 N° 843, emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas,del Estadola Guaira; quien era madre del ciudadano CARLOS AUGUSTO CAMARGO VILLADIEGO, hoy fallecido, tal y como consta en el acta de defunción Nº 405, Folio 155, del 09 de marzo del año 2017, tomo 2, emitida por el Registro Civil de la Parroquia 23 de enero del Municipio Libertador Del Distrito Capital,es por lo que de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, solicita sea declarada como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, delaDe CujusAMINTA VILLADIEGO UTRIA, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-23.241.413, quienes en vida era su hija. Asimismo, solicita sean declarados los testigos que oportunamente presentaría sobre los particulares descritos en la solicitud. A tales efectos probatorios consignan: copia de la cedula de la solicitante LORENZA UTRIA ESCORCIA, certificado original de registro civil de nacimiento Nº 5072898, emanado de la Republica de Colombia Organización Electoral Registraduría Nacional Del Estado Civil, copia de la gaceta oficial extraordinaria Nº 4072, copia delcertificado de registro civil de nacimiento Nº 54402938, emanado de la Republica de Colombia Organización Electoral Registraduría Nacional Del Estado Civil, certificado de acta de nacimiento,Certificado de acta Defunción de la ciudadana AMINTA VILLADIEGO UTRIA,copia de la gaceta oficial extraordinaria Nº4413, copia de la cedula de identidad de la ciudadana AMINTA VILLADIEGO UTRIA, acta de nacimiento original CARLOS AUGUSTO CAMARGO VILLADIEGO, copia del acta defunción del ciudadano CARLOS AUGUSTO CAMARGO VILLADIEGO y copia de la cedula del ciudadano CARLOS AUGUSTO CAMARGO VILLADIEGO .
En fecha 18 de diciembre de 2024, este Tribunal, le dio entrada de registro a la presente solicitud y ordeno hacer las anotaciones en el libro respectivo, quedando anotada bajo el Nº 120-2024;
En consecuencia, se admitió y se instó a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de su evacuación.
En fecha 14 de enero de 2025, comparecen por ante la sala de este Despacho, los ciudadanos VIRLANDY CORINA LOPEZ CUMANA, Y CARLOS ALEXANDER AVILA, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.091.840 y Nº V-17.650779, respectivamente, los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia