REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Charallave, diecisiete (17) de febrero de 2025
Años 214º de la Independencia y 165° de la Federación.
SOLICITUD Nº 009-2025.
SOLICITANTE: CONSUELO COROMOTO SUAREZ VERA, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-11.034.334.
ABOGADO ASISTENTE: MIGUEL NAAR, titular de cedula de identidad Nº V-13.697.787, inscrito en el inpreabogado Nº 173.137, Defensor Público Primero.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Se inicia la presente solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano CONSUELO COROMOTO SUAREZ VERA , venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-11.034.334, asistido por el Abogado MIGUEL NAAR PIMENTEL, titular de cedula de identidad Nº V-13.697.787, inscrito en el inpreabogado Nº 173.137, Defensor Público Primero, en la jornada del tribunal móvil, dada la convocatoria por parte del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ-COMUNIDAD, a los fines que este Tribunal la declare, a ella y sus hijos ANDERSSON ENRIQUE SANCHEZ SUAREZ y YENDERSON GABRIEL SANCHEZ SUAREZ, titulares de las cedulas de identidad N° V-20.803.255 y V-30.396.573, respectivamente, como Único y Universal Heredero del causante LUIS ENRIQUE SANCHEZ GONZALEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, y titular de la cedula de identidad Nº V- 7.993.022, al respecto se observa:
De las declaraciones rendidas ante este Juzgado las ciudadanas: YANIRA DEL CARMEN APONTE DE REYES y NANCY ELENA PERALTA TORREALBA, titulares de las cedulas de identidad Nros: V-11.559.476 y V-5.012.808, respectivamente, las mismas fueron contestes al afirmar que el ciudadano: LUIS ENRIQUE SANCHEZ GONZALEZ, antes identificado, fue en vida cónyuge de la solicitante, la ciudadana CONSUELO COROMOTO SUAREZ VERA, titular de la cedula de identidad Nº V-11.034.334, tal como se evidencia de las pruebas consignada en los autos, y por cuanto no ha habido oposición alguna es por lo que, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declara estas diligencias JUSTIFICATIVO SUFICIENTE. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO, EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a la atribuciones conferidas mediante Resolución Nº 2009-006 de fecha 18-3-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02-04-2009 en Gaceta Oficial Nº 39.152, y de conformidad con el artículo 937 ejusdem, DECRETA como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus LUIS ENRIQUE SANCHEZ GONZALEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, y titular de la cedula de identidad Nº V-7.993.022, a sus únicos herederos, los ciudadanos, CONSUELO COROMOTO SUAREZ VERA, ANDERSSON ENRIQUE SANCHEZ SUAREZ y YENDERSON GABRIEL SANCHEZ SUAREZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 11.034.334, V-20.803.255 y V-30.396.573, respectivamente. Quedando siempre a salvo los derechos de terceros.
Regístrese y Publíquese inclusive en la página Web: http://miranda.tsj.gob.ve, la presente decisión. Asimismo, déjese copia certificada del presente fallo conformidad con lo preceptuado en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase originales con sus resultas al solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. En Charallave, a los diecisiete (17) días de febrero del año dos mil veinticinco (2025). Años: 214º de la Independencia y 165° de la Federación.
EL JUEZ,
SANTIAGO JORGE BLANCO RAMIREZ.
LA SECRETARIA,
RUSSELL CAMACHO.
En esta misma fecha se publicó y registró la presente sentencia siendo las 10:00 a.m.
LA SECRETARIA,
RUSSELL CAMACHO.
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