REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DE MIRANDA
Carrizal, 03 de julio de 2025
215º y 166º
Por cuanto fui designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio Nro TSJ/CJ/OFIC/0824-2025, de fecha 19 de mayo de 2025, como Juez Provisoria de este Tribunal, juramentada por el Órgano Rector en fecha 09 de junio de 2025 y habiendo tomado posesión del cargo en fecha 11 de junio de 2025, me ABOCO al conocimiento de la presente solicitud, en el estado en que se encuentra. Cúmplase.
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO y los recaudos que la acompañan presentada por el ciudadano PETER ANTONYS CHAVEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°V-19.586.173, debidamente asistido por la abogada ELBA HIGINIA VARELA HERNANDEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 162.368; Tras una revisión de los recaudos consignados se observa que la autorización de fecha 17 de marzo del 2024, en la cual la ciudadana NANCY ESTHER MARUN SUAREZ venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°V-22.904.138, autoriza al ciudadano PETER ANTONYS CHAVEZ DIAZ, previamente identificado, para la evacuación del Título Supletorio ante este juzgado, la mencionada autorización no fue celebrada ni certificada por ante la ciudadana Secretaria adscrita a este Juzgado ; a razón de ello este juzgado INSTA al solicitante el ciudadano PETER ANTONYS CHAVEZ DIAZ, supra identificado, a presentar y firmar la Autorización de la ciudadana NANCY ESTHER MARUN SUAREZ, previamente identificada; ante la ciudadana Secretaria adscrita de este Juzgado a fin de cumplir con los lineamientos de ley , para lo cual se le concede un lapso de noventa (90) días de despacho siguientes al de hoy. En el entendido que una vez que conste en autos dicho requerimiento, el Tribunal emitirá el correspondiente pronunciamiento o en caso de transcurrir el lapso señalado sin que conste en autos la consignación requerida se entenderá como decaimiento de interés en la presente solicitud. Cumplase.
LA JUEZA PROVISORIA
HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA
VIRGINIA GONZALEZ
EXP-S-5728-24
HJNR/VG/YM