REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO, EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Santa Teresa Tuy, 06 de Junio 2025
Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
Vista las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de tercero de igual o menos derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA: las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la mencionada de cujus, ciudadana: MARGARITA RUBIN DE CASTILLO, ex titular de la Cedula de Identidad N° V-3.224.640 respectivamente; quien falleció ab-intestato, en fecha 28/04/2025 según consta de Acta de Defunción N° 251,Folio N° 251 emitida por el Registro Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, a favor de sus HIJOS, ciudadanos: YVONNE MERCEDES CASTILLO RUBIN, DUNIA MARGARITA CASTILLO RUBIN, EMILE MARIA CASTILLO RUBIN y JUAN ALBERTO CASTILLO RUBIN, todos de nacionalidad Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-6.908.371, V-10.888.284, V-11.200.824 y V- 14.610.299, respectivamente. Devuélvanse los documentos Originales de las actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario.
El Juez Provisorio,
Asdrúbal José Aponte Paz.-
El Secretario Titular,
Guillermo Jiménez.
Seguidamente y en esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones constantes de (_____) folios útiles, conforme a lo ordenado en el auto que antecede.
El Secretario Titular,
Guillermo Jiménez.
Solicitud N.° 209-2025.-
AAP/GJ/Zaida**
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