TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
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Guatire, 16 de junio del año 2025.
215º y 166º
Expediente N° 14516.
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara: ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos JUAN MANUEL PEREZ GONZALEZ, MARIBEL PEREZ GONZALEZ, JOSE GREGORIO PEREZ GONZALEZ, COROMOTO PEREZ GONZALEZ y ANA MARIA PEREZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nros. V-12.294.784, V-12.296.709, V-15.697.802, V-12.294.783 y V-10.097.931, respectivamente, causahabientes de la De Cujus ANTONIA GONZALEZ DE PEREZ, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. E- 964.747.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a las partes interesadas de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignado por la solicitante los fotóstatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a las partes interesadas a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. LA JUEZ,
Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS
LA SECRETARIA,
Abg. ERIKA E. HEREDIA C.
ABRA/ EEHC /Zuleima.
DUUH
Exp. Nº 14516
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