TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, dieciocho (18) de maro del año 2025.
214º y 165º
Expediente N° 14191.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus JOJANA LORENA CONTRERAS, quien en vida fue venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.604.036, a sus hijos, STEPHANIE ALEJANDRA CASTILLO CONTRERAS y LUIS ALBERTO CASTILLO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nº V-26.022.603 y V-30.598.724, respectivamente, debidamente representados Judicialmente por la profesional del derecho ASTRID DENIS REYES MIJARES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 252.766. –
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Juzgado, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase. –
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS.
Abg. ERIKA E. HEREDIA C.
ABRA/EEHC/Anyelika.-
D.U.U.H. -
Exp. Nº 14191.-
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