TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
Municipio1.civil.guatire@gmail.com
Guatire, veinticuatro (24) de marzo del año 2025.
214º y 166º
Expediente N° 14391.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus, ciudadano RAMON DAVID DELGADO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.807.983, a su cónyuge sobreviviente, ciudadana KATIUSCA PATRICIA ROJAS PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.684.809 y a sus hijos, ciudadanos KEIDER JESUS DELGADO ROJAS y DEIKER DAVID DELGADO ROJAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-27.321.598 y V-24.811.046, respectivamente. La solicitante se encuentra debidamente asistida por la ciudadana CARMEN JANETH MARTINEZ VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.468.497, abogada en el libre ejercicio de la profesión, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 71.344. –
Se acuerda dejar copia certificada del presente decreto en el archivo de este Juzgado, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase las presentes actuaciones en original a la parte interesada. Cúmplase. –
LA JUEZ,
Abg. ADRIANA BEATRIZ REVANALES ARMAS.
LA SECRETARIA,
Abg. ERIKA E. HEREDIA C.
ABRA/eehc/Mariana.-
DUUH. -
Exp. Nº 14391.-
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