CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud de título supletorio mediante escrito presentadopor ante el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mirada,en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por la ciudadanaLENISKA LISBETH PARADA GONZÁLEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V-10.516.139, debidamente asistida por la abogadaNOHEMÍ OMAIRA PENICHE CARRASQUEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 203.168; siendo asignada la misma previo sorteosegúnACTA Nº 11, de fecha 12-02-2025.
Alega la solicitante en su escrito, que sobre una parcela de terrenode propiedad Municipal,ubicada en Quebrada de Cua, calle El Samán, casa S/N, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, la cual posee una superficie aproximada de TRESCIENTOSTREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON DIEZCENTÍMETROS CUADRADOS (332,10 Mts2);construyo unas bienhechurías que tienen un área de construcción de Tipo V-2, que mide aproximadamente NOVENTA Y UN METROS CUADRADO CON VEINTE CENTÍMETROS (91,20 MTRS2),y V-3 que mide aproximadamente NOVENTA Y UN METROS CUADRADO CON VEINTE CENTÍMETROS (91,20 MTRS2),siendo sus medidas y linderos:NORTE:en una línea recta de diecinueve metros cuadrados con ochenta y dos centímetros (19.82 Mtrs), con casa que es o fue de Jesús González; SUR:contres líneas rectas de cuatro metros con sesenta y ocho centímetros (4.68Mtrs), sesenta metros con ocho centímetros (60.08Mtrs) y diez metros con sesenta y dos centímetros (10.62Mtrs) con Terrenos Municipales; ESTE: con una línea recta de once metros con cuarenta y un centímetros (11.41Mtrs) con Terrenos Municipales, yOESTE: con una línea recta de dieciocho con cuarenta y seis centímetros (18.46Mtrs) con Calle ElSamán. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
De seguida, en fecha 13 de febrero de 2025, este Tribunal dictó auto de entrada, anotándose en el Libro respectivo bajo el Nº 011-2025.
En fecha26 de febrero de 2025, previa consignación de los recaudos, seadmitió la solicitud de marras, e insto a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de la evacuación respectiva.Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Copia fotostática de la cedula de identidad de la solicitante ciudadana LENISKA LISBETH PARADA GONZÁLEZ, folio (4).
• Original de Información Catastral Nº L-007/2025, de fecha 27-01-2025, folio (7).
• Copia certificada de Mapa de ubicación catastral, folio (8).
• Carta de pisatario, emitida por el Consejo Comunal LA UNIÓN, folio (9).
• Constancia de residencia de la solicitante, ciudadana LENISKA LISBETH PARADA GONZÁLEZ, emitida por el Consejo Comunal LA UNIÓN, inserta al folio diez (10) del.
• Constancia de residencia de la testigo, ciudadana YOLANDA MORELLY GONZÁLEZ RIVERO, emitida por el Consejo Comunal LA UNIÓN, folio (11), y copia fotostática de su cedula de identidad, folio (12).
• Constancia de residencia de la testigo, ciudadana FRANCISCA CONCEPCIÓN TROTTA RÍOS, emitida por el Consejo Comunal LA UNIÓN, folio (13), y copia fotostática de su cedula de identidad, folio (14).
• Carta de autorización emitida por el ciudadano José Luis Pernia, titular de la cedula de identidad Nº V-13.136.401, en su condición de Sindico Procurador Municipal del Municipio General Rafael Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, folio (15).
En fecha 10 de Marzo de 2025, comparecen por ante la sala de este Despacho lasciudadanasYOLANDA MORELLY GONZÁLEZ RIVERO y FRANCISCA CONCEPCIÓN TROTTA RÍOS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.014.853 yV-12.615.599, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia